Page 497 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La negociación colectiva en las Universidades Públicas Andaluzas
de ausencia del trabajo”107, que podrá disfrutarlo en dos fracciones o sustituirse por una reducción de la jornada laboral, al comienzo o antes de la finalización de la misma. Este derecho puede ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora108, asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de 2 horas, con la disminución proporcional de sus retribuciones.
Respecto de la reducción de jornada por guarda legal el Acuerdo se limita a reproducir el actual art. 37.5 ET, sin aportar nada nuevo. El Acuerdo de la JA sin embargo primará esta reducciones de jornada pues el funcionario percibirá un 80 ó 60% de su retribución aunque la reducción sea tan sólo del 75 ó 60% del tiempo de trabajo (art. 8.9).
Respecto del permiso por maternidad, adopción y acogimiento el Acuerdo se limita a reproducir la entonces más actual versión del art. 48.4 ET, mientras que el art. 8.7 del AJA establece un permiso retribuido de cuatro semanas adicionales, sin precedentes conocidos.
La suspensión de la relación en el supuesto de riesgo durante el embarazo se regula reproduciendo literalmente el 48.5 ET.
Por último, se establece una licencia sin retribución para el empleado que lleve como mínimo un año al servicio de la Universidad de duración mínima de 15 días y máxima de tres meses, a la que tendrá derecho, si las necesidades del servicio lo permiten, pero no pudiendo ejercitarlo más de una vez cada dos años, siempre y cuando haya agotado el plazo máximo de tal licencia.
6. Conflictos de los Acuerdos con otros pactos y normas de ámbito estatal y andaluz
Llegados a este punto debemos hacer unas reflexiones sobre los problemas detectados en los conflictos de acuerdos o normas que se producen primero entre los Acuerdos suscritos en los distintos ámbitos de negociación, AGE, JA y Uni-
107 En el 37.4 ET y Acuerdo de AGE sólo es durante 9 meses, mientras que en Acuerdo JA es de 16 meses (art. 8.7)
108 En el Acuerdo JA es de 2 horas
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