Page 642 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
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c) Los tipos de prueba y los temarios para acceso al empleo público, debe- rán guardar la relación expresada en el apartado a) anterior y se procu- rará su reconocimiento y difusión previa a la convocatoria de las prue- bas, así como su carácter permanente, sin perjuicio de las reformas y actualizaciones necesarias. En aquellos cuerpos u opciones en que por sus funciones así se determine, se valorará el conocimiento de idiomas extranjeros. Asimismo, en aquellos en que resulte adecuado, se exigirá la realización y superación de un curso selectivo de carácter teórico práctico.
d) En el acceso al empleo público se tendrá especial cuidado en contemplar las situaciones de discapacidad, para lo que se tendrá presente, para su aplicación, la normativa en materia de integración social de estas perso- nas, negociándose con las Organizaciones Sindicales en el seno de la Mesa Sectorial la distribución del cupo de reserva de plazas para el acceso de personas con discapacidad, que no será inferior al 5% del conjunto de las plazas vacantes de la Oferta de Empleo Público.
e) Para facilitar la libre elección de trayectorias profesionales del personal de nuevo ingreso las partes se comprometen a realizar un estudio exhaus- tivo del Decreto regulador de las áreas a fin de posibilitar una adecuada configuración de la carrera profesional en los distintos ámbitos desde los puestos base.
h) A fin de adaptar de forma continua los requisitos de acceso a la función pública a los cambios que puedan producirse en el sistema académico, se revisarán las titulaciones exigidas para el ingreso en los distintos cuerpos, especialidades y opciones del personal funcionario.
i) Una vez aprobada la Oferta de Empleo Público, los puestos que queden afectados a la misma se podrán cubrir de forma interina hasta que se pro- duzca su cobertura definitiva mediante los procesos selectivos derivados de la misma. Resueltos dichos procesos, se procederá a la constitución, con la participación de las Organizaciones Sindicales firmantes de este Acuerdo, de las bolsas de personal interino con quienes hayan superado uno o más de los correspondientes ejercicios y de acuerdo con el orden derivado de la puntuación que hubieren obtenido.
  



























































































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