Page 81 - Obras públicas de interés general
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 Distribución ,omptntial m materia de obras públicas
obraspúblicasdeinterésgeneralnoutilizauncriterioterritorialdedistribución de comperencias semejante al que se establece en la regla 22a del mismo art. 149.1,porloquenopuedeexcluirseapriori,comoelGobiernoVascopreten de. que puedan existir obras de interés general que afecten a las aguas que dis­ curren íntegramenteporelrerriroriodelPalsVasco.»
Argumento que volvería a utilizar más adelante para superar las limitaciones deriva­ das del crirerio territorial utilizado por el artículo 149.1.21 a respecto de los ferroca­ rriles. La STe 118/1996, de 27 de junio rechazó la impugnación que ellegislerivc y ejecutivocatalánrealizaroncontraelartículo154delaLey16/1987,de30dejulio de ordenación de los transportes terrestres que establecía una homogeneización de las condiciones técnicas de todos los servicios ferroviarios públicos, con indepec­ dencia del alcance territorial que tuviera. La sentencia señala que
••..es cierto que la Comunidad AutÓnoma recurrence ha asumido la competen­ cia exclusiva en materia de ferrocarriles cuyo itinerario se desarrolle íntegramen­ te en el rerrirorio de la Comunidad Autónoma, pero no lo es menos que cuan­ do de la construcción de ferrocarriles se trata, concurre junto al título compe rencialdereferènciaOtrosquehabiliranalEstadoparaestablecerunadisposición del tenor de la impugnada.
Nos referimos a aquel que reserva al Estado compeeencias exclusivas en las obras públicasdeinterésgeneralocuyarealizaciónafectaamásdeunaComunidad Autònoma (are 149.1.24a CE). La construcción de ferrocarriles de nansporrc público entra de lleno en la noción de obra pública, por cuanto es de general uso
está destinado a un servicio
características técnicas de los ferrocarriles es claro que, quizás las más de las
veces, cabrá considerarlos obras públicas de interés general ° cuya realización afecteamásdeunaComunidadAutónoma.Paratalessupuestos,nocabeduda deque,alostentarelEstado,exart.149.1.24delaCE,comperenciaexclusiva sobre tales obras, puede determinar las características técnicas que han de reunir en los términos del art. 153 LOTT11." (F.J. 430)
Perodondehajugadounpapelmásintensoesenrelaciónconaquellasobraspúbli­
cas de titularidad estatal carecían de la cobertura de un neulo Si se que especifico.
lSI Si bien dmitc q tristen m .. dificuha<ks ¡>Ma ClItender estaS condiciones tkniCl> 2 los fcrrocuriles que dîseulTlln pnruna ""I.ComunidadAutónoma.Loqueleobligarecurrira Otros tltulosoompetencialescomo elde¡cguridadpúbli­ ca (Art. 149.1.29" CE) r el d. mwio ambient" (A". 149.1.23».
y aprovechamiento y
público.
Pues bien: las por





















































































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