Page 81 - Obras públicas de interés general
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Distribución ,omptntial m materia de obras públicas
obraspúblicasdeinterésgeneralnoutilizauncriterioterritorialdedistribución de comperencias semejante al que se establece en la regla 22a del mismo art. 149.1,porloquenopuedeexcluirseapriori,comoelGobiernoVascopreten de. que puedan existir obras de interés general que afecten a las aguas que dis curren íntegramenteporelrerriroriodelPalsVasco.»
Argumento que volvería a utilizar más adelante para superar las limitaciones deriva das del crirerio territorial utilizado por el artículo 149.1.21 a respecto de los ferroca rriles. La STe 118/1996, de 27 de junio rechazó la impugnación que ellegislerivc y ejecutivocatalánrealizaroncontraelartículo154delaLey16/1987,de30dejulio de ordenación de los transportes terrestres que establecía una homogeneización de las condiciones técnicas de todos los servicios ferroviarios públicos, con indepec dencia del alcance territorial que tuviera. La sentencia señala que
••..es cierto que la Comunidad AutÓnoma recurrence ha asumido la competen cia exclusiva en materia de ferrocarriles cuyo itinerario se desarrolle íntegramen te en el rerrirorio de la Comunidad Autónoma, pero no lo es menos que cuan do de la construcción de ferrocarriles se trata, concurre junto al título compe rencialdereferènciaOtrosquehabiliranalEstadoparaestablecerunadisposición del tenor de la impugnada.
Nos referimos a aquel que reserva al Estado compeeencias exclusivas en las obras públicasdeinterésgeneralocuyarealizaciónafectaamásdeunaComunidad Autònoma (are 149.1.24a CE). La construcción de ferrocarriles de nansporrc público entra de lleno en la noción de obra pública, por cuanto es de general uso
está destinado a un servicio
características técnicas de los ferrocarriles es claro que, quizás las más de las
veces, cabrá considerarlos obras públicas de interés general ° cuya realización afecteamásdeunaComunidadAutónoma.Paratalessupuestos,nocabeduda deque,alostentarelEstado,exart.149.1.24delaCE,comperenciaexclusiva sobre tales obras, puede determinar las características técnicas que han de reunir en los términos del art. 153 LOTT11." (F.J. 430)
Perodondehajugadounpapelmásintensoesenrelaciónconaquellasobraspúbli
cas de titularidad estatal carecían de la cobertura de un neulo Si se que especifico.
lSI Si bien dmitc q tristen m .. dificuha<ks ¡>Ma ClItender estaS condiciones tkniCl> 2 los fcrrocuriles que dîseulTlln pnruna ""I.ComunidadAutónoma.Loqueleobligarecurrira Otros tltulosoompetencialescomo elde¡cguridadpúbli ca (Art. 149.1.29" CE) r el d. mwio ambient" (A". 149.1.23».
y aprovechamiento y
público.
Pues bien: las por

