Page 86 - Obras públicas de interés general
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Estasituaciónderelativoequilibriocambiaporcompletocon[aaprobacióndelaCons titución española del año 1978 que atribuye a las Comunidades Autónomas competen cia exclusiva en materia de urbanismot'e. A partir de este instante la aprobación de los planesurbanísticos,almenosdelosPlanesGeneralesdeOrdenaciónUrbana,corres ponde a las Administraciones autonómicas por lo que el sistema anterior queda parcial menteinvalidado.Loqueplanteaunserieproblemadecoordinación.
ComohareiteradoelTribunalConsrirucional,elnuevoesquemaderepartodecom peeenciasentreelEstadoylasComunidadesAutónomasenrelaciónconlaordena cióndelsuelo,nopuedetraercomoconsecuencialadesapoderacióndelEstadodel
ejercicio de sus comperencias exclusivas sobre obras públicas de interés general y supracomunirarias. Así, en su importante STC 77/1984, de 3 de julio, SOStUVO en su fundamento jurídico 2° que
..Laatribucióndeunacompetenciasobreunámbitofisicodererminadonoimpi
denecesariamentequeseejerzanotrascomperenciaseneseespaciofísicocomo
ya ha declarado este Tribunal (STC número 113/1983 FJ. 1°). Esa concurrencia
esposiblecuandorecayendosobreelmismoespaciofísicolascompetenciascon
currcures tienen disrinro objeto jurídico. Así en el presente caso, la compcrencia
exclusiva del Estado sobre puertos de interés general tiene por objeto la propia
realidaddelpuertoylaactividadrelativaalmismo,peronocualquiertipodeacti
vidad afecteal físico abarcaun La deorde que espacio que puerto. competència
nación del rerriror¡o y urbanismo (sin que interese ahora analizar la relación entre ambos conceptos) tiene por objeto la actividad consisrenre en la dclimiracién de los diversos usos a que pueda destinarse el suelo o espacio físico rerrirorial.»
Concluyendo que
..... esca ccncurrencia 5610 será posible cuando el ejercicio de la competència de la ComunidadAutónomanoseinterfieraenelejerciciodelacompetenciaestatal ni lo perturbe,»
Años más tarde, la famosa STC 61/1997, de 20 de marzo, abordaría expresamente esta cuestión.EJTribunalConstitucionalrecuerda,ensufundamentojurídico22°,que
US Soh", la reubiçación del articulo 180 una vez ..umid... I.. ,ran,fe,enci.. sobre "rbanismo por las Comunidadco Autónomas v6tse a GARCtA-TREVIjANO, j. A. en &JWIO' sob", 1m "'''''ftrenâ/U tk ","SI'liits ti iAJ Comunitltzdn
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n 100-102, 1983
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