Page 137 - La Participación de la Ciudadanía Andaluza en la Elaboración de las Leyes
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adopción de aquellas decisiones que les atañen”
ticas que lo hacen idóneo como instrumento político
de expansión, la flexibilidad de sus conexiones, su interactividad, la compatibilidad entre el individualismo y la sociabilidad, dimensión que facilita la organización de los participantes en función de los criterios que se determinen como necesarios en su uso aplicado a los procesos de toma de decisiones políticas.
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reproducimos literalmente sus palabras: “Me imagino que alguien podría decir: ¿Por
132 AGUIAR DE LUQUE, Luis: “El ciudadano como sujeto de relaciones parlamentarias”, en Instituciones de Derecho Parlamentario, Parlamento Vasco, Vitoria 2001.
133 MARTÍN MATEO, Ramón: “Democracia directa, democracia virtual”, en Anuario de Derecho Parlamen- tario, núm. 6, Cortes Valencianas, Valencia 1998, p. 238.
Estamos, en palabras del profesor Castell
, en la “sociedad red”. Por ilustrativas,
7. OTROS MODOS DE PARTICIPACIÓN
que establece la Ley y tendrán la consideración de “estudios de opinión de interés de la Generalidad”.
En los cuatro instrumentos los denominadores comunes son, en primer lugar que se hallan fuera del procedimiento propiamente dicho de elaboración de las normas, no obstante, bien en el preinicio o postlegen tienen la virtualidad, en segundo lugar de proporcionar información y opiniones a los órganos representativos que constitucio- nal y estatutariamente tienen la competencia de legislar. Por tanto estos elementos pueden tener la consideración de iniciativa legislativa popular indirecta. Nadie duda que si ante un problema concreto se encuesta a los ciudadanos y estos emiten una opinión mayoritaria en el sentido de demandar la regulación legal de un asunto, el representante podría verse impelido a formular un proyecto de norma, con lo que se habría iniciado el procedimiento legislativo a través de la información que proporcio- na una encuesta de opinión. Los ciudadanos en el ejercicio de su libertad de opinión la habrán expresado y, consecuentemente, habrán ejercido su derecho a participar en los asuntos públicos legislativos.
7.2. NUEVAS TECNOLOGÍAS
Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han abierto unas posibi- lidades infinitas de intercomunicación, o en palabras de Aguiar de Luque “resulta ya tópico decirlo, el progreso tecnológico, en particular las comunicaciones, ofrece unas posibilidades inagotables a la participación de los ciudadanos en los procesos de
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. El sistema tiene unas caracterís-
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, dada su capacidad ilimitada
134 CASTELLS, Manuel: La sociedad de la información, Vol. 3, Alianza, 1996-2000.
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