Page 148 - La Participación de la Ciudadanía Andaluza en la Elaboración de las Leyes
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LA PARTICIPACIÓN DE LA CIUDADANÍA ANDALUZA EN LA ELABORACIÓN DE LAS LEYES
interviniendo en el Pleno de la Cámara, sino retirando la iniciativa si esta ve des- virtuado su objeto como consecuencia de enmiendas que introduzca la tramitación parlamentaria.
Otro asunto, éste de carácter técnico aunque con consecuencias importantes, es la previsión que efectúa el apartado e) del artículo 5 de la Ley Orgánica 3/1984, mo- dificada por la Ley Orgánica 4/2006; en el caso de Andalucía el art. 4.2.d) de la Ley 5/1988, sobre la inadmisión de la iniciativa cuando sea reproducción de otra de con- tenido igual o sustancialmente equivalente presentada durante la legislatura. Ahora bien la presentación de una iniciativa no presupone su tramitación y debate. Con la actual redacción la simple presentación invalida la posibilidad de presentar una nue- va con similar contenido. El término presentada debiera ser sustituido por debatida, ya que este caso sí produce un posicionamiento de la Cámara, cuestión que es la que se pretende regular para evitar que el Parlamento debata una y otra vez sobre una misma materia.
El uso de las nuevas tecnologías puede ser un buen instrumento, tanto de informa- ción como de adhesión, para el procedimiento de la iniciativa legislativa popular. Elemento que debiera prever una futura modificación de la ley andaluza.
La puerta que ha abierto el Estatuto de Autonomía para Andalucía para la iniciativa ciudadana en la propuesta para el desarrollo de las consultas populares puede uti- lizarse para introducir en la legislación andaluza la figura de la iniciativa legislativa popular que desemboca en un pronunciamiento final mediante consulta popular. No se propone aquí que todas las iniciativas ciudadanas finalicen así, pero sí que con determinados filtros se abra esa innovadora posibilidad en la legislación actual.
d) La elaboración de los textos legislativos (ámbitos administrativo y parlamentario).
La cuestión planteada es si realmente es necesaria la participación ciudadana ante unos órganos decisorios que tienen toda la legitimidad en virtud del mandato repre- sentativo. Se sostiene una apuesta positiva con el propósito de obtener un incremen- to de legitimidad y sobre todo un mayor grado de aceptación de la norma. En conse- cuencia, desde esa perspectiva el procedimiento deviene central. En él la negociación y la integración de intereses son los elementos que determinan el proceso.
Como derivación de la anterior posición se han de tener en cuenta dos necesidades, una material y otra jurídica. Del lado material se argumenta que en momentos de crisis de la institución parlamentaria y en una sociedad compleja, la distancia entre representantes y representados requiere de una aproximación por la vía de la partici-
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