Page 439 - La política pública de atención primaria de salud en la Comunidad Autónoma de Andalucía
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A)Gastosenmateriadesanidadygastopúblicoandaluz.Laevolucióndelaserie presupuestaria
Veremosacontinuaciónlaimportànciaqueelgastopúblicoenmateriadeatenciónsanitaria tiene en nuestra Comunidad Autónoma, en relación con los presupuestos globales de la Junta de Andalucía. Sin embargo, previamente, debemos referirnos aunque sea de forma breve e imroductoria a las características generales de los presupuestos de la Junta de Andalucía. Para ello,debemospartirdeunpreceptoconstitucionalimportance,cualeseldelaautonomíafinan ciera que el artículo L 56 de la Constitución Española de L 978 proclama para las Comunidades
Autónomas. De ahí, bernos de entender que esta autonomía es referida tanto a la vertiente de losingresoscomoa[adelosgaStos.Así,ladescentralizacióndelaactividadfinanciera,necesaria
enunEstadodescentralizadodesdeelpuntodevistapolítico-administrativo,contemplados
problemas simultáneos: la búsqueda de mecanismos de financiación y [a autonomía para el
desarrollo y la ejecución de las comperencias asumidas'" . Distinguiríamos así, pues, dentro de
esaautonomíafinanciera,entrepotestadrriburariaypoderdegastOdelasComunidadesAutó nomas.
ElpoderdegastOes lafacetadelaautonomíafinancieraquemenos problemassuscita,alser un atributo inexcusable de cualquierente dotado de autonomia. Este poderde gasto consiste en «la facultad de decidir libremeore acerca del destino de los medios económicos que constituyen la Hacienda-ë+. Así, el presupuesto autonómico está directamente ligado al poder de gasto. EstaausenciadepolémicaconqueesunánimementeaceptadoelpoderdegaStOdelasComu nidades Autónomas y [a subsiguiente facultad de elaborar y ejecutar sus presupuestos, explica, comohapuestodemanifiestoMedinaGuerrero,queelbloquedelaconstitucionalidadhaya desistido de regular de forma minuciosa el presupuesto auronómicoë> . Por tanto, [a Constitu ciónnosedetieneenlaregulacióndelospresupuestosdelasComunidadesAutónomas,aunque da por supuesta su existencia al establecer, en su articulo 153, que «corresponde al Tribunal de Cuentas el control de su actividad económica y presupuestaria».
LaLeyOrgánicadeFinanciacióndelasComunidadesAutónomas(LOFCA)736,dictadaen 1980, se limita a establecer, para las Comunidades Autónomas, algunos principios presupuesta rios ya exigidospor el texto constitucional para el Estado. Por su parte, los Estatutos de Autono mía, salvo contadas excepciones, no han ido mucho más allá de lo establecido en la LOFCA, reiterando en la mayoría de las ocasiones sus pteceptos sin innovar en punto alguno. "El mime
tismo respecto al Estado es en este supuesto sumamente beneficioso, ya que, hasta la fecha, el
régimen jurídico de las leyes de presupuestos autonómicas, ha seguido de cerca el modelo esta tal,,737.
733 HERRERO SUAZO, S. - QUEROL BELI1DO, Y.- Técnicas Madrid,1984.
presupuestariasen
la Administraóón Pública. Ed. iNAP.
1J,4 MEDINA GUERRERO, M., El sistema de financiación de la Comunidad Autónoma Andaluza, en PORRAS NADALES, A.·RUIZ·RiCO, J.J., El Estatuto de Andalucía. Estudio sistemático. Ed. Ariel. Barcelona, 1990, pp. 38- 67.
73, MEDINA GUERRERO, M., ob. c¡c., p. 64.
7:l6 V6se la Ley Orgánica 811980, de 22 de septiembre, de Financiación de Jao; Comunidades Autónomas. 111 MEDINA GUERRERO, M., ob. cit., p. 64.
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