Page 369 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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de la contaminación empezaron a alcanzar a las actividades del sector agrario. Hasta entonces, se referían, principalmente, a las actividades industriales. En todo caso, los efectos del uso concentrado de los agroquímicos y de las explotaciones ganaderas intensivas ya se habían notado en algunos Estados miembros como los Países Bajos. Por fin, en el III Programa Comunitario de Acción en Materia de Medio Ambiente, se refleja la necesidad de integrar la Política de Medio Ambiente con el resto de las políticas socioeconómicas, especialmente con la Agrícola.
“Considerando en particular que, más allá de la acciones ya iniciadas, más concretamente en materia de reducción de las contaminaciones, la utiliza- ción más económica posible de los recursos naturales que ofrece el medio ambiente requiere que se refuerce el carácter preventivo de la política del medio ambiente, en el marco de una estrategia global y que se tienda a integrar las preocupaciones del medio ambiente en las otras políticas co- munitarias.
Declara que es importante proceder mediante acciones comunitarias, en
particular, en los siguientes ámbitos:
a)Integración de la dimensión del medio ambiente en las demás
410 políticas” .
La existencia de una Política Común facilitaría la introducción de normas medioambientales en este área. No obstante, las primeras medidas se tomarían a nivel nacional, en Dinamarca, los Países Bajos o Gran Bretaña, por sus problemas específicos en los primeros casos, y en el segundo, porque se daba una estrecha relación entre agricultura, territorio y paisaje. Pero el primer antecedente a nivel comunitario lo constituye el Reglamento C.E.E. 797/1985, sobre mejora de la
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eficacia de las estructuras agrarias
la Política Agraria Comunitaria en lo referido a las medidas socioestructurales, quizás también debido a la incorporación en enero de 1986 de los nuevos socios, utiliza la figura normativa del Reglamento para una materia, que siempre tuvo importancia en la Comunidad, pero que se había regulado, desde su comienzo, mediante directivas. Es en este momento cuando se aprovecha para introducir las primeras consideraciones de tipo medioambiental, como la financiación de inver- siones realizadas con estos fines en el marco de los programas de mejora de las ex- plotaciones, la concesión de ayudas para el aprovechamiento forestal de las fincas, o la autorización a los Estados miembros para introducir programas nacionales,
, que además de iniciar un nuevo ciclo en
II. MARCO TEÓRICO
  410 III Programa Comunitario de Acción en materia de Medio Ambiente. D.O.C.E. núm. 46, de 7 de febrero de 1983, de la serie C.
411 El Reglamento C.E.E. 797/1985, del Consejo de 12 de marzo, relativo a la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias fue publicado en el D.O.C.E. núm. 93, de 30 de marzo de 1985, de la serie L.
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