Page 424 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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EL PROGRAMA DE MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN LA PROVINCIA DE HUELVA
 inundaciones y los incendios forestales se pueden ver beneficiadas con la adop- ción de estas medidas. Y que los agricultores y ganaderos de la Comunidad deben comprometerse con la práctica de una agricultura y ganadería compatibles con las exigencias del medio natural y que, de este modo, contribuyan al equilibrio de los mercados y, por supuesto, con el objetivo de compensarlos en sus pérdidas de renta debidas a los gastos añadidos que supone la conversión de las explotaciones y, la disminución de la producción en los primeros años.
Asimismo, se reconoce que las condiciones naturales y de las estructuras agrarias en las diversas áreas geográficas de la Comunidad son diferentes, por lo que se integra su aplicación en programas de zona, de gestión de las superficies cul- tivadas y, en el marco de disposiciones reglamentarias nacionales diferenciadas por ámbitos territoriales. También se considera conveniente la difusión de estas medidas, así como la formación de los campesinos en las mismas para su correcta aplicación. Ello hace que ésta sea una de las disposiciones adoptadas y subvencio- nadas. Además de todo lo expuesto, el Reglamento prevé la adopción obligatoria del Programa de Medidas Agroambientales por todos los Estados miembros, ya que se pretende que las ayudas articuladas tengan la máxima eficacia.
“Las medidas que componen el programa agroambiental, al ser medidas que responden a lógicas de la política estructural, son voluntarias para los agricultores, aunque obligatorias para los Estados miembros. Esto significa que, si bien los gobiernos nacionales están obligados a introducir el progra- ma agroambiental en sus correspondientes países, el éxito de su aplicación depende de que los agricultores se interesen realmente por acogerse a los
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beneficios del programa”
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En el artículo 1 del Reglamento se fijan los objetivos perseguidos y la finalidad de las ayudas, al decir:
– Acompañar los cambios previstos en el contexto de las organizaciones comu- nes de mercado.
– Contribuir a la realización de los objetivos de las políticas comunitarias en materia de agricultura y Medio Ambiente.
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– Contribuir a garantizar a los agricultores una renta adecuada .
521 GARRIDO FERNÁNDEZ, F. E.: La cuestión ambiental en la Agricultura: actores sociales y política agroambiental en España. Analistas Económicos de Andalucía. Málaga. 2000. Pág. 107.
522 En términos similares se expresa GARRIDO FERNÁNDEZ, F. E., en su obra anteriormente citada, La cuestión ambiental en la Agricultura: actores sociales y política agroambiental en España, al recoger en la página 104 lo siguiente: ”El régimen de ayudas creado con este Reglamento 2.078/1992, tiene tres fines: a) acompañar los cambios previstos en el contexto de las OCM; b) contribuir a la realización de los objetivos de las políticas
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