Page 857 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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de ayudas
. Además, esta postura pasiva indica que se realiza una mera trasla-
ción de la regulación comunitaria sin asumir el fondo de la cuestión siendo una
139 política inducida sin tener autonomía propia .
Los objetivos del Programa no se explican, ni se alude a ellos en la parte disposi- tiva del Real Decreto 51/1995, limitándose a enunciar los comportamientos que deben seguir los beneficiarios para tener derecho a las ayudas, en el caso de las medidas horizontales. En cuanto a lo mencionado en la exposición de motivos, se destaca la reestructuración de los mercados, con la finalidad manifiesta de reducir los excedentes de productos agrícolas y de mejorar el estado de conservación del Medio Ambiente, introduciendo entre las funciones de los labradores y ganaderos su defensa y protección, así como su mantenimiento, lo que será utilizado para legitimar el trasvase de rentas desde el resto de la sociedad, para cofinanciar esta labor de interés general.
Por su parte, los Reales Decretos 632/1995, de 21 de abril, por el que se establece un régimen de Medidas a aplicar en las zonas de influencia de los Parques Nacio- nales y de otras zonas sensibles de especial protección, para fomentar el empleo de métodos de Producción Agraria compatibles con las exigencias de la protección
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Medio Ambiente y la conservación del Espacio Natural y de las Aves Silvestres
del Medio Ambiente y la conservación del Espacio Natural
de junio, por el que se establece un Régimen de fomento del uso en determinados Humedales de Métodos de Producción Agraria compatibles con la protección del
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138 Una interesante recopilación de doctrina sobre los enfoques top-down y bottom-up puede consultarse en O’TOOLE, L. J.: “Recomendaciones prácticas para la implementación de las políticas que involucran a múltiples actores: una evaluación del campo”. En La Implementación de las Políticas Públicas. Colección “Antologías de Política Pública”. 4a Antología. Edición al cuidado de AGUILAR VILLANUEVA, Luis F. Editorial M. A. Porrúa. México. 1996.
139 “En lo que se refiere a la naturaleza de la nueva política agroambiental, hay que señalar lo siguiente. En primer lugar, que es una política que no responde todavía a una lógica autónoma en cuanto a su formulación, ya que se encuentra conectada a la filosofía implícita en la reforma de la PAC; en este sentido se podría decir que es una especie de subproducto de ésta y como tal habría que valorarla. El hecho de ser financiada por la sección Garantía del FEOGA –que es la que financia también la política de mercados– es un indicador de esa dependencia, a pesar de que, por su propia naturaleza, la política agroambiental entra de lleno en el ámbito de las políticas de estructuras. [...]
La naturaleza de la política agroambiental no podría explicarse, por tanto, sin comprender el proceso de génesis, desarrollo y reforma de la PAC, ni tampoco podrían explicarse sus primeros resultados y las dificultades de implementación sin analizar los discursos y estrategias de los viejos actores ligados a la política agraria”.
GARRIDO FERNÁNDEZ, F. E.: Op. Cit. Págs. 106 y 18. 140 BOE núm. 112, de 11 de mayo de 1995.
141 BOE núm. 170, de 18 de julio de 1995.
IV. CONCLUSIONES
 Esta mención general de los objetivos del Programa, sin añadir ninguna conside-
ración especial que les de valor ante los posibles beneficiarios, denota la escasa
convicción que tenían las autoridades españolas sobre el desarrollo del régimen
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, y 928/1995, de 9
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