Page 864 - El Programa de Medidas Agroambientales en la provincia de Huelva
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EL PROGRAMA DE MEDIDAS AGROAMBIENTALES EN LA PROVINCIA DE HUELVA
 competencias más o menos relacionadas con el Medio Ambiente. Así, recordamos el Ministerio de Obras Públicas y Medio Ambiente en el Estado o la Consejería que compartía estas atribuciones con las de Cultura en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por tanto, la administración ambiental, por regla general, como organismo in- dependiente, es de reciente creación en España. Aparte de la demanda que se ha planteado desde la sociedad civil, la creación del Ministerio o de las consejerías del ramo, en las Comunidades Autónomas, ha respondido a motivaciones de ín- dole de oportunidad política, fundamentalmente. Coincidiendo con la Cumbre de la Tierra, celebrada en 1992, en Río de Janeiro, se produce un momento con- veniente para poner de moda las cuestiones ambientales y se crean o independi-
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zan estos organismos . En la Comunidad Autónoma de Andalucía, se desgaja la
competencia de Medio Ambiente de la de Cultura conformando una Consejería con contenido competencial propio, aunque ya desde 1984, existía la Agencia de Medio Ambiente158 que se ocupaba de estos temas. En cualquier caso, la creación de estos departamentos ha representado un nuevo reto para las Políticas Públicas y ha generado una dinámica autónoma entre un nuevo cuerpo de funcionarios que han buscado consolidar un espacio propio dentro de su administración. Aun- que la formación de estos funcionarios, en general, no es agronómica sí que se han dejado influenciar por los temas agrarios, puesto que la mayoría de ellos, por lo menos en el caso de Andalucía, procedían de la Consejería de Agricultura y Pesca. No obstante, la ocupación en temas más propiamente ambientales como recursos hídricos, contaminación atmosférica, espacios protegidos, biodiversidad, polución industrial, etcétera, ha propiciado que sus referencias a la agricultura sean escasas, ocupando un lugar secundario en su agenda de actuación. En todo caso, se trata más de analizar las prácticas agrarias sostenibles y aspectos ambien- tales de la Política Agraria que de estudiar los problemas ambientales derivados de la agricultura.
157 “Se afirmó que cualquier gobierno corporativo-pluralista-incrementalista es un gobierno que no puede planear ni alcanzar la justicia, un ‘gobierno impotente, que no por ser más grande es más poderoso`. Todas las reformas que emprende son capturadas y explotadas por poderosos grupos particularistas de interés, al margen de la ley y al abrigo de transacciones ocultas”.
AGUILAR VILLANUEVA, Luis F.: La Implementación de las Políticas Públicas. Colección “Antologías de Política Pública”. 4a Antología. Edición al cuidado de AGUILAR VILLANUEVA, Luis F. Editorial M. A. Porrúa. México. 1996. Pág. 31.
158 La Ley 6/1984, de 12 de junio, del Gobierno andaluz, crea la Agencia de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería de Presidencia, con la intención de dar unidad de gestión a la acción ambiental en su ámbito competencial, mediante un instrumento de derecho público, dotado de personalidad jurídica propia, con autonomía administrativa y financiera para el cumplimiento de su finalidad. Esta Ley fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 60, de 19 de junio de 1984 y en el Boletín Oficial del Estado núm. 155, de 29 de junio del mismo año.
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