Page 101 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
P. 101
§ 5. EFICACIA Y GARANTÍAS DE LOS DERECHOS
recuérdese que el mismo derecho estatal, en su versión del Código Penal, que tiene rango de ley orgánica, permite que el estatuto de la libertad misma de los españoles sea diferente en función del lugar donde el delito es cometido en aplicación de los títulos penales en blanco, que remiten la tipificación del delito a la reglamentación administrativa emanada por la Administra- ción competente, que puede ser, no sólo autonómica, sino incluso local, como en el caso del delito ambiental por vulneración de las ordenanzas locales sobre la contaminación acústica.
A lo anterior hay que añadir, que los proyectos de reforma estatutaria contienen una explicitación del las opciones políticas sustentadas por la mayoría exigida para dicho proceso de reforma, en muchos casos cualificada, y que dicha opción política es una manifestación de la pluralidad política que representan los partidos que componen tal mayoría. A su vez, la intervención de las Cortes Generales, además de ejercer una implícita función de control de constitucionalidad de la propuesta, es, a su vez, expresión de la pluralidad política de la Cámara, frente a la cual la Comunidad Autónoma puede actuar en caso de disconformidad con la retirada de la propuesta, o finalmente, y mediante su colectividad política, a través del acuerdo o rechazo de la reforma en vía de referéndum.
Por ello, el estatuto si bien tiene un procedimiento de confluencia de dos voluntades que le otor- ga una naturaleza pacticia, también es cierto que es una norma aceptada por la Comunidad Au- tónoma en el sentido de no impuesta a la soberanía constituida del ordenamiento autonómico.
De aquí se deriva de una parte que el contendido estatutario que pueda concebirse como un elemento de limitación del legislador autonómico, es producto de un proceso político de autoli- mitación ejercido por la organización representativa de la colectividad política autonómica y en su caso, por la propia colectividad política en referéndum.
3. Derechos ciudadanos contenidos en los primeros estatutos.
si bien en los primeros estatutos de Autonomía no se contenían declaraciones de derechos ciudadanos, no por ello, se dejaron de producir supuestos en los que tal reconocimiento tuvo lugar.
en primer término en la generalidad de los estatutos se incorpora la cláusula según la cual
se declara que los derechos, libertades y deberes fundamentales de los ciudadanos de cada
21
Comunidad autónoma son los establecidos en la Constitución . en algunos casos, esta refe-
rencia se hace no sólo a la Constitución sino también a los contenidos en el propio estatuto de Autonomía, como en el caso de Cantabria y la Comunidad valenciana y en el caso de navarra,
21 eA art. 11; eAr. art. 6.1; eAst. art. 9.1; eCant. art. 5.1; eCm art. 4.1; eCl art. 8.1; eC art. 8.1; eCe. art. 5.1; ee art. 6.1; eG art. 4.1; eCan. art. 5.1; er art. 7.1; em art. 7.1; emel. art. 5.1; emur. art. 9.1; en art. 6; ePv art. 9.1; ev art. 2.
101

