Page 151 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                § 8. SUBSIDIARIEDAD HORIZONTAL Y VERTICAL
 el artículo 9.2 Ce, se recogieron en los estatutos en formulaciones más4 o menos5 cercanas a
6 la establecida en la Constitución .
muchas de las competencias que han podido asumir las Comunidades Autónomas en sus esta- tutos tienen relación con desarrollos posibles del principio de subsidiariedad horizontal y con técnicas conectadas con este principio. es el caso de las competencias en materia de asocia- ciones o de las que tienen un contenido asistencial o están relacionadas con el principio del estado social. ejemplos más concretos los podemos encontrar en competencias tales como las relativas a cooperativas7 o en principios relativos al fomento de sociedades cooperativas y de la
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participación de los trabajadores en las empresas . Igualmente en el principio de participación
9 democrática de los interesados en la sanidad y en la seguridad social .
no hay, sin embargo, en los primeros estatutos y en los no reformados, referencias específicas al fortalecimiento de la sociedad civil, a la promoción del asociacionismo, al voluntariado, a la participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas, a la participación individual y asociada en los ámbitos sociales, culturales, económicos y políticos, a una democracia social participativa y a otros principios similares. serán los nuevos estatutos
4 Así el eA (derogado): Artículo. 12.1, “la Comunidad Autónoma de Andalucía promoverá las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; removerá los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitará la participación de todos los andaluces en la vida política, económica, cultural y social”. en el mismo sentido, eC (Derogado): Artículo 8.2, “Corresponde a la Generalidad, como poder público y en el ámbito de su competencia, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”. en sentido similar, eAr. (Derogado) artículo 16.2; eAst. artículo 9.2; eCl artículo 8.2; eCant. artículo 5.2; eCm artículo 4.2; eG artículo 4.2; em artículo 7.4; emur. artículo 9. 2; ePv artículo 9.2; er artículo 7.2; ev (Derogado) artículo 2.
5 Con diversas variantes. Así, el eb (Derogado) artículo 9: “las instituciones de autogobierno, en cumplimiento de las fina- lidades que les son propias, promoverán la libertad, la justicia, la igualdad y el progreso socioeconómico entre todos los ciudadanos de las Illes balears, como principios de la Constitución, así como la participación de éstos en la vida política, cultural, económica y social. Inspirarán también su función de poder público en el sentido de consolidar y desarrollar las comunes características de nacionalidad de los pueblos de mallorca, menorca, Ibiza y Formentera, así como las peculiarida- des de cada una de ellas, como vínculo de solidaridad entre todas las islas”. Igualmente, el eCan. artículo 5.2: “los poderes públicos canarios, en el marco de sus competencias, asumen como principios rectores de su política: a) la promoción de las condiciones necesarias para el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos y la igualdad de los individuos y los grupos en que se integran”. también habría que incluir aquí la formulación del ee artículo 6.2.
6 Con alguna excepción, como es el caso de la lorAFnA.
7 Cfr. artículos 13.20 eA (Derogado); 35.1.23o eAr. (Derogado); 10.1. 27o eAst.; 24.26o eCant.; 31.1.22o eCm; 32.1.24o eCl (Derogado); 9.21o eC (Derogado); 7.1.23o ee; 28.7 eG; 10.26o eb (Derogado); 30.24 eCan.; 8.1.12o er; 26.1.14o em; 10.1.23o emur.; 44.27o lorAFnA; 10.23 ePv y 31.21 ev (Derogado).
8 Cfr. artículos 69 eA (Derogado); 57.1 eAr. (Derogado); 50 eAst.; 57.4 eCant.; 53.3 eCm; 55 eC (Derogado); 61 ee; 55 eG; 75.4 eb (Derogado); 54.3 er y 49 b) emur.
9 Cfr. artículos 20.5 eA (Derogado); 17.5 eC (Derogado); 18.5 ePv y 38.5 ev (Derogado).
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