Page 181 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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medios audiovisuales
para conocer los mecanismos específicos de garantía con los que contará esta institución al objeto de disciplinar la los medios audiovisuales y proteger los derechos de los ciudadanos de esta comunidad.
designación parlamentaria de la Autoridad
.
el Consell de l’Audiovisual de Catalunya –Consejo Audiovisual de Cataluña– es, tal y como indi-
ca el estatuto, la autoridad reguladora en el ámbito de la comunicación audiovisual pública y
privada. De ello, se deduce que, como viene sucediendo hasta la fecha, este órgano velará por
los derechos audiovisuales de los radioyentes y televidentes de Cataluña; en tanto que órgano
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regulador del sector
.
§ 9. INSTITUCIONES ESPECÍFICAS DE GARANTÍA
libertades y valores constitucionales y estatutarios dentro del ámbito de la comunicación de los
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3.2.b. Cataluña: la Autoridad Independiente de protección de datos y el Consell de l’Audiovisual de Catalunya.
el nuevo estatuto de la Comunidad Autónoma de Cataluña contempla la existencia de varias instituciones que podríamos calificar como específicas de garantía concreta. De entre ellas destacamos dos, por un lado, la Autoridad independiente encargada de la protección de datos49
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. en todo caso, deberemos esperar a que el legislador autonómico actúe
y, por otro, el Consell de l’Audiovisual de Catalunya
.
el nuevo estatuto de Autonomía de Cataluña reconoce a todas las personas el derecho a la protección de datos contenidos en ficheros de su competencia. el estatuto encarga a una Autoridad independiente la misión de velar por el respeto de dicho derecho. en la medida en que ya existe un órgano autonómico encargado de la protección de datos, la Agència Catalana de Protecció de Dades, es de suponer que sea éste quien desempeñe la función de garantía de este derecho; no obstante serán necesarias ciertas reformas para adecuarla a la necesaria
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48 Art. 56.3 del estatuto de Autonomía de la Comunidad valenciana y art. 5 de la ley 1/2006, de 19 de abril, del sector audiovisual.
49 Art. 32 del estatuto de Autonomía de Cataluña.
50 Art. 82 del estatuto de Autonomía de Cataluña.
51 en la actualidad el Director de la Agencia Catalana de Protección de Datos es nombrado por el Gobierno de la Gene- ralidad a instancia del Consejo Asesor de Protección de Datos. Art. 13 de la ley 5/2002, de 19 de abril, de la Agencia Catalana de Protección de Datos.
52 Artículo 12 de la ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. “Drets dels ciuta- dans davant el Consell de l’Audiovisual de Catalunya: Qualsevol persona física o jurídica pot adreçar-se al Consell de l’Audiovisual de Catalunya amb relació al compliment dels principis i de les obligacions que estableixen aquesta llei i les normes que la desenvolupen, per a sol·licitar que s’adoptin les mesures que estableix la llei”.
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