Page 34 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
P. 34

REFORMAS ESTATUTAWAS v DECLARAClONES DE pensamos

ñanza en catala'n en Ia enseñanza no universitaria", así como, si se incorporan mas tarde de Ia
edad correspondiente al sistema escolar de Cataluña, el derecho "a recibir un apoyo lingüístico
especial”; por otra parte, el profesorado y el alumnado de los centros universitarios tienen
derecho "a expresarse, oralmente y por escrito, en Ia lengua oficial que elijan“. Respecto de
los usuarios de Ia Sanidad Pública: derecho "al respeto de sus preferencias en lo que concierne
a Ia elección de médico o medica y de centro sanitario" de acuerdo con Io que establezcan las
leyes“. Respecto de las personas con necesidades especiales: derecho “a recibir Ia atención
adecuada a su situación, de acuerdo con las condiciones que legalmente se establecen“. En
relación con las personas o familias en situación de pobreza: derecho a "acceder a una renta
garantizada de ciudadanía que les asegure los minimos de una vida digna”57. Respecto de las
personas que no disponen de recursos suficientes: derecho a "acceder a una vivienda digna“.
En relación con las “organizaciones del tercer sector social": derecho “a ejercer sus funciones
en los ambitos de Ia participación y Ia colaboración sociaIes""9. Respecto de los trabajadores:
derecho a "formarse y promoverse profesionalmente y a acceder de forma gratuita a los servi-
cios publicos de ocupacion”; a “ejercer las tareas laborales y profesionales en condiciones de
garantía para Ia salud, Ia seguridad y Ia dignidad de las personas”; (o sus representantes) a "a
Ia información, Ia consulta y Ia participacion en las empresas"; y las el derecho de las personas
excluidas del mercado de trabajo, a “a percibir prestaciones y recursos no contributivos de
cara'cter paliativo"7°. Respecto de las "organizaciones sindicales y empresariales”: derecho a
“ejercer sus funciones en los ámbitos de Ia concertacion social, la participacion y Ia colabora-
ción social"7‘. En relación con las personas en su condicion de consumidores y usuarios: dere-
chos a "la protección de su salud y seguridad”, a “una informacion veraz y comprensible sobre
las caracteristicas y los precios de los productos y de los servicios", a un “regimen de garantías
de los productos adquiridos y de los suministros contratados y a Ia proteccion de sus intereses
económicos ante conductas abusivas, negligentes o fraudulentas", y a “ser informados y a par-
ticipar, directamente o mediante sus representantes, en Io que se refiere a las Administraciones
públicas de Cataluña, en los terminos que establecen las Leyes“.

En cuarto lugar, el nuevo Estatuto de Cataluña establece especificamente en el Capitulo II de
este Título I los derechos en el a'mbito político y de Ia Administración que corresponden unica-
“ 5o.. an. 35.

55 5o.. an. 23.2.

65 5o.. an. 24.2.

57 5o.. an. 24.3.

5“ 5o.. an. 25.

59 5o.. an. 24.4.

7° 5o.. art. 25.1.23 y 4.

7‘ 5o.. an. 25.5.

72 5o.. an. 2a.

‘ 34
















































   32   33   34   35   36