Page 354 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
 Como indicó la Comisión para el estudio y preparación del estatuto básico del empleado Públi- co “no puede haber buena administración donde el sistema de empleo público es deficiente”.
lo ha puesto de manifiesto, muy recientemente a propósito del sistema de toma de decisiones, Ponce soler quien ha señalado que la existencia de discrecionalidad en la toma de decisiones en las Administraciones públicas implica la necesidad de adoptar decisiones de calidad para el servicio a los intereses generales propugnando para ello la revitalización de una institución
8 jurídica, “el procedimiento administrativo”, cuyo utillaje conceptual, en opinión de este autor ,
urge remozar para hacer frente a los cruciales retos planteados por nuestras complejas y plu-
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rales sociedades, en el contexto actual de mutación de lo público . Y es que, en efecto, en un
contexto de preocupación mundial por las ideas de desregulación, simplificación y calidad de la actuación administrativa, el deber jurídico de buena administración, en su conexión con el procedimiento administrativo, es una de las respuestas, sin duda una de las más relevantes, del
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Derecho público a los objetivos que marcan esos retos
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 semejante cambio en la economía interna de las formas de la acción administrativa no es sino consecuencia lógica de la transformación experimentada por las funciones y tareas, así como las estructuras del sector público”. Asi- mismo sÁnCHez morón, m., “Discrecionalidad administrativa y control jurisdiccional”, edit. tecnos, madrid, 1994, aclara que, en consecuencia, “...dada la posición constitucional que la Administración tiene asignada al servicio de la sociedad, para la que es insustituible por sus propias características, el leit motiv del derecho administrativo no puede limitarse a la defensa a ultranza de los intereses individuales (de personas, grupos, sociedades o entidades privadas, mas o menos poderosas o desvalidas) frente a la Administración. tan importante como este cometido es el de asegurar los medios organizativos y funcionales precisos (y las garantías jurídicas de organización y funcio- namiento necesarias) para que la Administración pueda gestionar con corrección y eficacia los intereses comunes que la sociedad le confía. Pues tan nocivo para ésta –para la sociedad, para los ciudadanos– es el autoritarismo administrativo, el abuso de poder o la falta de garantías individuales como la impotencia, la parálisis y la ineficacia de la Administración”.
8 Cabe destacar en la reflexión sobre la necesidad de innovación del procedimiento administrativo los trabajos de J. barnés en esta materia, entre otros, la coordinación del volumen El procedimiento administrativo en el derecho compa- rado, madrid, Civitas, 1993, pero seguidamente diversos trabajos como “una reflexión introductoria sobre el Derecho Administrativo y la Administración pública de la sociedad de la información y el conocimiento”, Revista Andaluza de Admi- nistración Pública, no 40, 2000 y su contribución en el libro colectivo Innovación y Reforma en el Derecho Administrativo, sevilla, editorial Derecho Global, 2007.
9 Juli Ponce solé, Deber de Buena Administración y derecho al procedimiento administrativo, valladolid, lex nova, 2001 y, del mismo autor, “la calidad en el desarrollo de la discrecionalidad reglamentaria: teorías sobre la regulación y la adopción de buenas decisiones normativas por los gobiernos y las administraciones”, RAP, no 162, 2003 Junto a este autor se debe reseñar el trabajo de beatriz tomás mallén, El derecho fundamental a una buena administración, madrid, InAP, 2004.
10la oCDe (“Governance in transition”. Public managements reforms in oCDe Countries”, 1995, París) ya puso de relieve la necesidad de orientar nuestras Administraciones a los resultados y propone, para ello, determinadas tareas: de- volver autoridad, otorgar flexibilidad; asegurar el desempeño, el control y la responsabilidad; desarrollar la competencia y la elección, proveer servicios adecuados y amigables para los ciudadanos; mejorar la gerencia de los recursos humanos; explotar la tecnología de la información, mejorar la calidad de la regulación; y, por último, fortalecer las funciones de gobierno en el centro.
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