Page 361 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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§ 20. DERECHOS Y PRINCIPIOS RELACIONADOS CON LA BUENA ADMINISTRACIÓN Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
en este sentido, mientras los derechos civiles son derechos individuales, que protegen al in- dividuo mientras éste persigue su propio beneficio, los derechos republicanos son derechos colectivos que protegen a la colectividad pero, a la vez, son derechos individuales en la medida en que cada individuo es portador de éstos y, en esa misma medida, tiene legitimación para defenderlos.
Ya desde la segunda mitad del siglo XX surgieron en diversos documentos de naciones unidas los denominados derechos de tercera generación que incluían elementos tales como la solidari- dad, la paz o el desarrollo económico, aunque como ha puesto de relieve bobbio éstos no son sino una categoría que es aún muy imprecisa y vaga. Distintos a éstos son los derechos repu-
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blicanos que se manifiestan entre otros supuestos , y junto al citado de que los ciudadanos
tienen derecho a que la res pública siga existiendo y sirviendo a todos más que ser apropiada por grupos patrimonialistas o corporativistas que actúan en la sociedad como “buscadores de rentas” (rent-seeking agents), en el que específicamente es aquí analizado como derecho a la “buena administración” y del que, desde nuestro punto de vista, la anterior consideración podría ser una manifestación específica de éste.
Cabe preguntarse si este nuevo derecho lo es efectivamente, es decir, si el mismo no tenía ma- nifestaciones previas e, inclusive, si más que frente a un nuevo derecho nos encontramos frente
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2.2. La noción, el contenido de la buena administración y el alcance de la competencia autonómica para su regulación: su recepción por los Estatutos de Autonomía recientemente aprobados.
Como ha puesto de manifiesto tornos más el concepto de buena administración engloba una pluralidad de acepciones. las que se han plasmado finalmente en la normas europeas son al- gunas de sus manifestaciones, pero, en definitiva, prácticamente todas ponen de relieve, según
26 Al menos tres derechos republicanos deben ser señalados en la actualidad, a juicio de bresser-Pereira, el derecho al patrimonio medioambiental y urbano, el derecho al patrimonio cultural y, por último, el derecho al patrimonio económico- público que hasta ahora se han manifestado, con carácter general en el Derecho público como intereses difusos, pero que reclaman su conversión en derechos y que inciden en la defensa de esos bienes colectivos.
27 muy sugerente, a este respecto, es la consulta de las reflexiones de tomás mallén, op. cit., pp. 41 y ss. y la biblio- grafía citada por la autora.
a una garantía de la ciudadanía para la realización de los “viejos derechos”
derecho, garantía o derecho-garantía no parece haber duda que su consideración responde a una nueva sensibilidad y representa un nuevo impulso, creo que decisivo, a las aspiraciones de reforma y cambio de la Administración pública y a la consideración de la ciudadanía con un nuevo status frente al actuar de las Administraciones públicas y las exigencias que le son debidas.
. en cualquier caso,
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