Page 367 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                § 20. DERECHOS Y PRINCIPIOS RELACIONADOS CON LA BUENA ADMINISTRACIÓN Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS
 establecidos en éstos (principios de actuación de las Administraciones públicas, responsabili- dad patrimonial, participación, control de legalidad de los actos administrativos, etc.) tienen una conexión directa con la materia aquí analizada, sin olvidar que el principio de eficacia recogido, en forma expresa, en el artículo 103 ofrece el anclaje constitucional propio y específico al man- dato de mejora de la calidad de los servicios públicos.
3.2. Su reflejo en el Derecho europeo.
la mayoría de los autores que han analizado la buena administración señalan a la recomenda-
ción núm. r (80) 2, adoptada por el Comité de ministros el 11 de marzo de 1980, relativa al
ejercicio de poderes discrecionales por las autoridades administrativas como la señal de salida
para el reconocimiento del derecho a la buena administración en el ámbito comunitario. Por su
parte, el libro blanco sobre la reforma administrativa adoptado por la Comisión europea el 1
de marzo de 2000, destaca los principios fundamentales que deben regir una Administración
pública europea centrada en el servicio, la independencia, la responsabilidad, la eficacia y la
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nistrativa al que más adelante aludiremos.
transparencia
Con posterioridad, y como es habitual en el desarrollo de los principios generales comunita-
, y que ha tenido su plasmación concreta en el Código de buena conducta admi-
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dades europeas y del tribunal de Primera Instancia, sin olvidar la labor del Defensor del Pueblo
rios
, ha sido la doctrina emanada de la jurisprudencia del tribunal de Justicia de las Comuni-
 39 se complementa el anterior con el libro blanco sobre la Gobernanza europea. Precisamente, extrayéndolo de este último, los principios básicos que han de orientar la acción de gobierno son los siguientes: Apertura, entendida como mayor transparencia en la manera de operar, mejor comunicación con los ciudadanos y utilización de un lenguaje com- prensible; Participación, entendida como más amplia participación de los ciudadanos en todas las fases del proceso de diseño y ejecución de las políticas públicas, desde la concepción hasta la aplicación de las políticas; responsabilidad, entendida como una mejor definición del papel y responsabilidad de cada una de las Instituciones de la unión europea, de los estados miembros, pero también de las entidades subestatales que participan en el desarrollo y aplicación de las políticas comunitarias; eficacia, entendida como una aplicación proporcionada de las políticas de la unión europea, una mejor definición de los objetivos, una evaluación del futuro impacto de las medidas y de la experiencia previa, y la adop- ción de las decisiones en el nivel de gobierno más apropiado; Coherencia, entendida como la necesidad de otorgar mayor coherencia en las políticas de la unión europea, y de todos los actores de ésta, con un fuerte liderazgo y compromiso de las Instituciones capaz de hacer frente a la cada vez mayor complejidad del sistema y diversidad de la acción pública. Principios que no son sino la traducción que la nFsD (sustainable Development and Good Governance, 2000) ha resumi- do en gobierno legitimo (democracia), gobierno responsable (proceso de adopción de decisiones transparente, libertad de prensa, mecanismos de exigencia de responsabilidad), gobierno competente (capaz de formular políticas y de prestar servicios) y gobierno respetuoso con los derechos humanos y el imperio de la ley.
no obstante, y como ha indicado manuel villoria mendieta, el derecho a una buena administración es parte del derecho a un buen gobierno, pero si el primero aparece más o menos formalizado en diferentes documentos y acuerdos, el segundo no ha sido sistematizado y las posibilidades de hacerlo chocan con la inherente dificultad de definir qué sea un buen gobierno y detallar sus componentes. el buen gobierno es un concepto político y su juridificación no haría sino esquematizar y simplificar en exceso lo poliédrico del concepto.
40 Puede verse al respecto H. P. neHl, Principles of Administrative Procedure in EC Law, oxford , Hart Publishing, 1999.
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