Page 561 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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§ 30. DERECHOS, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS RELACIONADOS CON EL DERECHO CONSTITUCIONAL AL TRABAJO
pública, adopten medidas relativas a diversos contenidos en materia de empleo y relaciones
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laborales (artículo 174 eA)
.
el estatuto valenciano recibe de forma igualmente acertada, contenidos concretos sobre esta materia en los nuevos artículos 79 y 80 que, insertados en el título IX relativo a “economía y Hacienda”, recogen facultades y derechos relacionados con el empleo. el texto valenciano contempla por un lado, la facultad para constituir un sector público propio y entidades y orga- nismos para el fomento del pleno empleo y el desarrollo económico y social, así como el deber
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en efecto, el esfuerzo de esta regulación por precisar determinados aspectos resulta de la enumeración establecida en el artículo 80, conforme al cual se garantiza “a todas las perso- nas el derecho a una trabajo digno, bien remunerado, estable y en condiciones de igualdad y seguridad, que permita la conciliación de la vida laboral y familiar y el desarrollo humano y profesional de los trabajadores” (apartado 1). se garantiza igualmente el derecho a tener una jornada laboral de duración limitada y que permita el derecho a disfrutar del descanso y el de-
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de fomentar la cooperación entre los agentes públicos y privados (artículo 79)
con la reforma se garantizan diversos ámbitos del derecho al trabajo no incorporados o sólo mencionados en el título II ev relativo a los derechos.
recho a unas vacaciones anuales retribuidas (apartado 2)
la vida profesional y familiar el texto recoge los derechos a) a la protección legal frente a los despidos por causa de la maternidad, b) al permiso maternal retribuido, c) al permiso paternal
. Asimismo, para hacer compatible por nacimiento o adopción (apartado 3) . se dispone también que “la Generalitat promoverá
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. Por otra parte,
33 Artículo 174 eA: “las Administraciones públicas de Andalucía, en el marco de sus competencias y en el ámbito de la contratación y de la subvención pública, adoptarán medidas relativas a:
a) la seguridad y la salud laboral.
b) la estabilidad en el empleo.
c) la inserción laboral de los colectivos más desfavorecidos.
d) el cuidado de los aspectos medioambientales en los procesos de producción o transformación de bienes y servicios.
34 Artículo 79 ev: “1. la Generalitat, en el ejercicio de sus competencias que le vienen atribuidas por el presente es- tatuto, podrá constituir entidades y organismos para el fomento del pleno empleo y el desarrollo económico y social, y fomentará la cooperación entre los agentes públicos y privados que constituyen el sistema valenciano de I+D+I. 2. la Generalitat está facultada para constituir, mediante ley de les Corts, un sector público propio que se coordinará con el estatal. las empresas públicas de la Generalitat habrán de crearse mediante una ley de les Corts. 3. en los términos y número que establezca la legislación del estado, la Generalitat propondrá las personas que deben formar parte de los ór- ganos de administración de aquellas empresas públicas de titularidad estatal implantadas en la Comunidad valenciana”.
35 Artículo 80.2 ev: “Asimismo se garantiza el derecho a los trabajadores a tener una jornada laboral que limite la du- ración máxima del tiempo de trabajo y en condiciones que permitan periodos de descanso diario y semanal. también a las vacaciones anuales retribuidas”.
36 Artículo 80.3 ev: “Para hacer posible la compatibilidad entre la vida profesional y familiar, a toda persona trabajadora, la Generalitat, en el ámbito de sus competencias, garantizará el derecho:
a) A ser protegida por la ley frente al despido motivado por maternidad.
b) A un permiso retribuido por causa de maternidad en la forma que determine la ley.
c) A un permiso parental con motivo del nacimiento de un hijo. también por motivo de adopción se tendrá derecho a un permiso parental proporcional.
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