Page 637 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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los ciudadanos de la unión europea y sus familiares pueden moverse dentro de la unión du- rante 3 meses trabajar o estudiar, o si disponen de los suficientes recursos para mantenerse a si mismos y a sus familiares. Después de 5 años, los ciudadanos de la unión europea y sus familiares adquieren el derecho a obtener la residencia permanente en el estado miembro y sólo pueden ser expulsados en circunstancias muy particulares que se refieran a la política pública y a la seguridad nacional.
Fuera de la regulación concreta que la Directiva establece, lo que nos interesa destacar son los diferentes modelos de relaciones convivenciales que contempla y la forma en que se aplica en nuestro país teniendo en cuenta que no existe una legislación nacional que regule las uniones de hecho y que han sido reguladas por las Comunidades.
1. la Directiva se refiere, en primer lugar, a las parejas casadas. teniendo en cuenta que el matrimonio es un estado concedido por la legislación nacional, la unión europea no debería distinguir entre matrimonios contraídos legalmente dentro de los estados miembros. esto es particularmente relevante para las parejas del mismo sexo que se casaron en uno de los tres estados miembros que reconocen el matrimonio entre miembros del mismo sexo, por ejemplo Países bajos, bélgica y españa. sin embargo, en D y Suecia contra el Consejo, el tribunal esta- bleció que: “según la definición generalmente aceptada por los estados miembros, el término matrimonio se refiere a una unión entre dos personas del sexo opuesto”. esta decisión estaba basada en hechos de un período en el cual ningún estado permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo, por lo que los tribunales nacionales y el tribunal de Justicia europeo van a jugar un importante papel al determinar si las parejas casadas del mismo sexo están incluidas bajo la definición de esposo/a.
2. en segundo lugar, se refiere a las parejas registradas y les reconoce un derecho limitado de libre circulación. se amplía la definición de “miembro familiar” para incluir a “la pareja con quien el ciudadano de la u.e. se ha registrado, sobre la base de la legislación de un estado miembro, si la legislación del país de acogida trata esos registros de parejas como equivalentes al matrimonio y conforme a las condiciones expuestas en la legislación nacional relevante del país de acogida”. en otras palabras, las parejas registradas podrán disfrutar de su derecho a la libre circulación cuando:
(1) se han registrado en un estado miembro de la unión europea.
(2) el país en el que quieran residir trate a las parejas registradas “como equivalentes” al matri-
monio en su legislación nacional.
Con respeto a la primera cuestión, la pregunta obvia que surge es ¿que constituye una pareja re- gistrada? esto es importante porque las legislaciones nacionales sobre las parejas registradas del mismo sexo varían considerablemente. solo las leyes de registro de parejas en Dinamarca, Países bajos, suecia, Finlandia y el reino unido proporcionan un estatus legal muy similar al del matrimonio. existen también leyes en Alemania, Francia y luxemburgo que proporcionan muchos de los derechos del matrimonio, pero que también contienen importantes diferencias legales entre el registro de parejas y el matrimonio. en otros países, como Hungría, eslovenia o Portugal, se reconoce el estatus legal de las parejas del mismo sexo, pero con muy pocos
§ 35. PAREJAS DE HECHO
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