Page 793 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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                §. 43. PRINCIPIOS Y OBJETIVOS RELACIONADOS CON EL REFORZAMIENTO DE LA IDENTIDAD CULTURAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
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las referencias a la identidad en estos Preámbulos se conectan de forma directa con el mundo
de lo jurídico, toda vez que en buena parte de ellos se indica que el estatuto es expresión de
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la correspondiente identidad . en otros supuestos también se da a entender que el estatuto
ofrece el marchamo jurídico a una realidad histórica y/o cultural preexistente que adopta nueva
forma y se adapta al nuevo contexto democrático. es el caso, ad ex, del estatuto valenciano,
cuyo Preámbulo alude a una tradición valenciana que se remontaría al histórico reino de valen-
cia y que habría convergido en un País valenciano dando lugar a la Comunidad Autónoma. la
identidad parece reconducirse a unas tradiciones culturales propias y a un marco geográfico de-
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en ocasiones sumamente escueto
extensión de su Preámbulo) y el de valencia, se encuentran referencias expresas a cuestiones identitarias, que en algunos supuestos conectan con preceptos específicos del articulado.
terminado
. Apelan también a la historia para aludir a su identidad, de forma algo más “dramáti-
. en todos ellos, a excepción del de navarra (pese a la larga
ca”, los estatutos de Autonomía de las Islas baleares y de Castilla y león. en ambos supuestos
se subraya la existencia de una identidad plural, que en el primer caso incorpora la diversidad
insular13 y, en el segundo, reconduce dos antiguos reinos a una unidad y a un único pueblo, el
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castellano-leonés
correspondientes a las ciudades autónomas de Ceuta y melilla, con sendos Preámbulos en los que se incorporan referencias a sus respectivas identidades. en ambos supuestos se recoge la fórmula de aquellos estatutos que se autoerigen en expresión jurídica de la identidad de la entidad que estatuyen. Además, para concluir el Preámbulo en los textos ceutí y melillense, se incorporan sendas referencias al estímulo del respeto, la comprensión y el aprecio de la plurali-
. A todos los estatutos mencionados en este apartado se han de sumar los
 10 estos estatutos que disponen de Preámbulo son, por orden cronológico de aprobación, los correspondientes a las siguientes Comunidades Autónomas: Cataluña, Cantabria, murcia, Comunidad valenciana, navarra e Islas baleares. Para el presente trabajo, además de la consulta directa de los textos estatutarios, me ha resultado de utilidad la obra de martín bassols Coma, Código de los estatutos de autonomía de las Comunidades autónomas, madrid, Instituto de estudios de la Administración local, 1983.
11 eC: “el presente estatuto es la expresión de la identidad colectiva de Cataluña”; eCant: “el presente estatuto es la expresión jurídica de la identidad de Cantabria” [por lo 11/1998, de 30 de diciembre, se modificó este aspecto, en la medida en que se retiró el adjetivo “regional” que calificaba a la identidad]; emur: “el estatuto es la expresión de la identidad de la región de murcia”.
12 “Aprobada la Constitución española es, en su marco, donde la tradición valenciana proveniente del histórico reino de valencia se encuentra con la concepción moderna del País valenciano, dando origen a la autonomía valenciana, como integradora de ambas corrientes de opinión que enmarcan lo valenciano en un concepto cultural propio en el estricto marco geográfico que comprende”.
13 eb: “en esta hora histórica en que mallorca, menorca, Ibiza y Formentera inician el proceso hacia la institucionalización del autogobierno, rinden homenaje a todos sus hijos que a lo largo del tiempo han trabajado para mantener la identidad de nuestro pueblo”.
14 eC-l:”los antiguos reinos de Castilla y león han mantenido a lo largo de los siglos una identidad histórica y cultural claramente definida dentro de la plural unidad de españa. Al ejercer, por abrumadora mayoría de sus instituciones re- presentativas provinciales y locales, el derecho a su Autonomía, en los términos que establece la Constitución española, el pueblo castellano-leonés ha expresado su voluntad política de organizarse en Comunidad Autónoma, reanudando así aquella identidad”.
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