Page 806 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
canismos jurídicos específicos, aunque no siempre distintos de los existentes en el pasado una singular novedad sí cabe apreciar en el estatuto andaluz en esta materia, toda vez que su art. 11 conecta la identidad andaluza con los valores democráticos y a continuación incorpora un mandato para que se articulen medidas que permitan la enseñanza y el conocimiento de la
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Constitución y el estatuto de Autonomía
3.3. Otros aspectos de la identidad.
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la identidad, tal y como es concebida en los estatutos de Autonomía, se vincula, como he indi-
cado en repetidas ocasiones, con la cultura entendida en su acepción más amplia. sin embargo,
existen preceptos estatutarios sobre otras materias que también incorporan menciones a dicho
concepto, o bien que tienen como función, precisamente, su fomento o reforzamiento. es el
caso, a título de ejemplo, del art. 6 del estatuto de Castilla y león, en el que se regulan los sím-
bolos de la Comunidad Autónoma, definiéndolos como “símbolos de la identidad exclusiva de la
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Comunidad Autónoma”
los principios rectores de las políticas públicas, que uno de los objetivos que ha de guiar el ejer- cicio de las competencias autonómicas es “[l]a garantía del derecho de los ciudadanos a recibir una información plural y veraz, desde el reconocimiento del papel de los medios de comunica- ción en la formación de una opinión pública libre y en la expresión de la identidad regional”. A mayor abundamiento, en la Disposición Adicional tercera [sobre los medios de comunicación públicos], apartado tercero, del mismo estatuto se señala que “[l]os medios de comunicación de titularidad pública promoverán especialmente en su programación los valores esenciales de la identidad de Castilla y león reconocidos en el artículo 4 del presente estatuto y los derechos y principios rectores reconocidos en el título I”. es posible que no exista mecanismo más eficaz que el reseñado para el cumplimiento de este tipo de objetivos.
. más adelante, en el mismo estatuto, se indica en el art. 16, relativo a
en fin, se ha de recordar que en estatutos como el balear o el valenciano, el sector primario es considerado elemento fundamental de las correspondientes identidades y, por lo tanto, se insta
49 Al respecto, y en relación con este concreto ejemplo, véase el art. 12.3.2o del antiguo estatuto de Autonomía de Andalucía.
50 este vínculo entre identidad y valores democráticos se ha puesto de manifiesto en otro contexto distinto, pero que conviene tener en cuenta, cual es el de la hoy unión europea. en efecto, la historia de la unión europea puede conside- rarse la historia de una búsqueda de identidad, algo que algunos autores han visto plasmado en la elaboración y posterior aprobación de la Carta de Derechos Fundamentales. sin embargo, no está de más recordar que existe un buen número de documentos políticos previos que abundaban en la cuestión identitaria y, en concreto, conviene citar el Documento de Copenhague sobre la Identidad europea, fruto de la Cumbre europea celebrada en dicha ciudad en 1973. en dicho Do- cumento se enumeran los elementos que se consideran constituyentes de dicha identidad y entre los mismos destacaría ahora la democracia representativa, la justicia social, el respecto de los derechos humanos y la diversidad cultural. los valores democráticos, que se conectan por lo tanto con la identidad europea, constan ahora en el art. 6 tue, filtro no sólo de adhesión a la unión europea, sino también de permanencia, tal y como se desprende del art. 7.
51 símbolos que son el blasón, la bandera, el pendón y el himno de Castilla y león.
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