Page 826 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
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REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
derechos y libertades que deriven de las fuentes indicadas, debiendo velar por su protección y
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respeto, pero también por el cumplimiento de los deberes
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repasados los textos estatutarios cuya reforma ya ha visto la luz, en cuanto a aquellos otros que están siendo objeto de reforma podemos destacar las siguientes apreciaciones.
la Propuesta de reforma del estatuto de Castilla-la mancha contempla, en su título I, los “De- rechos, deberes y libertades de los castellanomanchegos”. en sintonía con la remisión que lleva a cabo el actual artículo 4 eCm, el artículo 733 de la Propuesta se remite, en su primer apar- tado, a los deberes fundamentales establecidos en la Constitución española y “en los tratados y convenios internacionales”. referencia lógica a las normas internacionales, inexistente en la versión actual del estatuto. Hay que señalar que, a diferencia de otros textos, la Propuesta de Clm no hace alusión concreta a la Carta europea de los Derechos Fundamentales del año 2001 o a otros documentos internacionales concretos, planteamiento general que evita eventuales omisiones. Por su parte, el apartado 2 del artículo 7 encomienda a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma, en el ámbito de su territorio, la tarea de garantía y tutela del pleno ejerci- cio de los derechos y deberes de los castellanomanchegos, ampliando dicho deber de garantía a los ciudadanos comunitarios y a los extranjeros no comunitarios residentes en Castilla-la mancha respecto al ejercicio de los derechos fundamentales que tengan reconocidos en el marco de la legislación del estado.
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el artículo 10 , rubricado “Deberes de ciudadanía”, contempla un listado de deberes que se
corresponde con el contenido en el artículo 36 del estatuto Andaluz. el citado precepto señala que los poderes públicos, siempre en el ámbito de sus competencias y sin perjuicio de los de- beres previstos constitucionalmente y en los términos que establezcan las leyes, velarán para asegurar el cumplimiento por parte de todos de las siguientes obligaciones, a saber:
a) Contribuir al sostenimiento del gasto público de acuerdo con su capacidad económica.
b) Conservar el medio ambiente. el derecho correlativo se encuentra en el artículo 21.k) de la Propuesta eCm al contemplar el derecho a “vivir en un entorno urbano y rural saludables y de calidad, así como a disfrutar responsablemente del patrimonio natural y del paisaje de Castilla-la mancha y a disfrutar de un medio ambiente equilibrado, sostenible y de calidad”. la introducción de la preocupación medioambiental en los ordenamientos jurídicos de la europa democrática durante el siglo XX, sobre todo en su segunda mitad, es clara conse- cuencia de la toma de conciencia colectiva del deterioro de los recursos naturales en ese periodo, que hizo que los ordenamientos jurídicos nacional e internacional, en especial el
32 el artículo 8.2 ev señala: “los poderes públicos valencianos están vinculados por estos derechos y libertades y vela- rán por su protección y respeto, así como por el cumplimiento de los deberes”.
33 titulado “Derechos y deberes fundamentales” y ubicado en el Capítulo I (“Principios generales”). 34 situado también en el Capítulo I del título I.
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