Page 90 - Reformas estatutarias y declaraciones de derechos
P. 90
REFORMAS ESTATUTARIAS Y DECLARACIONES DE DERECHOS
para que, una vez asumido el estándar mínimo de tutela, ya garantizado en los órdenes, estatal, europeo e interestatal, lo superen y mejoren, en su ámbito propio de actuación, de acuerdo con lo prevenido en el estatuto de Autonomía correspondiente. Con ello, se les incita a consagrar un nivel adicional y más intenso de desarrollo y garantía de los derechos que regulan.
De este modo, lo que se pretende es indicar que la comprensión auténtica del significado que al- canzan tales declaraciones estatutarias de derechos, deberes y principios, no puede adquirirse ignorando las consecuencias que se derivan de la confluencia y permanente interacción de los ordenamientos autonómicos, estatal, interestatal y europeo, en el marco de la Constitución.
en definitiva, esa concepción integradora y multinivel de garantía de los derechos, expresada en los nuevos estatutos, la cual casa tan bien con la dinámica federalizadora que resulta con- sustancial al modelo de estado autonómico existente, no hace sino promover una mejora cierta del grado de desarrollo efectivo que aquellos, especialmente, de carácter social o prestacional, pasan así a tener en españa. el beneficio que ello genera a los ciudadanos comienza, ya, a ser una realidad evidente.
90

