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REFORMAS ESTATUTARIAS Y DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
la economía social desempeña un papel importante en favor del empleo en la sociedad actual. muchos estudios y evaluaciones recientes muestran que tiene un potencial significativo en el sector de la generación de empleo. en gran medida, esto se debe a sus características: la economía social persigue objetivos económicos, sociales y de interés general, establece lími- tes sobre los niveles de beneficios privados e individuales, trabaja con particulares o grupos de personas locales con intereses comunes, y adopta un mecanismo de autogestión en el que participan sus empleados, los trabajadores voluntarios y los usuarios. Gracias a las actividades del tercer sistema, las personas que se hallan fuera del mercado de trabajo pueden mejorar sus expectativas de encontrar un empleo, y las personas con bajos ingresos pueden acceder a bienes y servicios que mejoran su calidad de vida.
estas características permiten que la economía social aporte algo realmente nuevo en dos aspectos: por un lado, la economía social atiende las necesidades locales que aún no han sido satisfechas por el mercado o por el estado, y, por otro lado, muchas organizaciones de la economía social ofrecen formas de trabajo nuevas o alternativas. De manera que la economía social es una forma específica de hacer empresas, que tiene comportamientos dinámicos y ági- les, así como una incuestionable presencia en la sociedad y su concepto comprende cualquier forma empresarial que integre a todas las novedades organizativas y sus correspondientes figuras jurídicas, surgidos como respuesta a las diversas necesidades que plantea la cohesión social. la economía española contempla una rica variedad de formas de empresa, y las empre- sas de economía social vienen a formar parte de este rompecabezas, con la ventaja inherente de su naturaleza descentralizada.
Así pues, la economía social constituye una realidad económica heterogénea que incluye unida- des económicas vinculadas a la actividad de todos los sectores y participa en todas las fases del proceso productivo.
el criterio que se sigue para considerar las diferentes formas jurídicas que engloba en conjunto
obedece a principios de organización y funcionamiento similares y a unos fines que van más allá
1 de lo puramente económico .
1 Algunas de las definiciones que se han dado: desde un punto de vista empresarial, se puede conceptuar como una economía integrada por empresas privadas que actúan en el mercado, produciendo bienes y servicios, asegurando o financiando y cuya distribución del beneficio y toma de decisiones no están directamente ligadas con el capital aportado por cada socio. el peso y la toma de decisiones es igual para todos los socios y nunca es función del capital aportado por cada uno de ellos. una definición excluyente contrapone a la economía privada capitalista y a la economía pública o estatalizada por la diferencia de origen y mecanismos de gestión, la sustitución del interés particular por el social, de los principios mercantiles de representación de la voluntad societaria por democracia y autogestión, y la aparición de finalidades más allá de las puramente económicas. Ahora bien, debe quedar totalmen- te diferenciada de la economía pública: es una economía privada que puede tener componentes tanto mercantiles como no mercantiles. en este sentido, hay quienes la denominan tercer sector. otra posible definición, es que la economía social está constituida por actividades económicas ejercidas por sociedades, principalmente cooperati- vas, mutualidades y asociaciones, cuyos principios de actuación se caracterizan por la finalidad de servicio a los miembros o al entorno, la autonomía de gestión, los procesos de decisión democrática y la primacía de las personas y del trabajo sobre el capital en el reparto de los beneficios. Cabría añadir que se trata de empresas que surgen en el mercado con la finalidad de crear riqueza, generar puestos de trabajo o resolver problemas sociales que la exclusiva acción de empresas públicas no han sido capaces de resolver satisfactoriamente.
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