Page 542 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
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                REFORMAS ESTATUTARIAS Y DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
 gación). sin embargo, son cada vez más las Comunidades que se han dotado de su propia ley
1 de fomento de la investigación .
V. Posible modificación de la distribución competencial a la luz de la reforma de los estatutos.
1. Estatuto de Autonomía de Cataluña, LO 6/2006, de 19 de julio.
1.1. el estatuto de Autonomía de Cataluña (eAC) da cuenta, en un precepto concreto, del título
competencial relativo a la investigación:
Art. 158. Investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
Corresponde a la Generalitat, en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva con relación a los centros y las estructuras de investigación de la Generalitat y a los proyectos financiados por ésta, que incluyen en todo caso:
a) el establecimiento de las líneas propias de investigación y el seguimiento, el control y la evaluación de los proyectos.
b) la organización, régimen de funcionamiento, control, seguimiento y acreditación de los cen- tros y estructuras radicados en Cataluña.
c) la regulación y la gestión de las becas y de las ayudas convocadas y financiadas por la Generalitat.
d) la regulación y formación profesional del personal investigador y de apoyo a la investiga- ción.
e) la difusión de la ciencia y la transferencia de resultados.
Corresponde a la Generalitat la competencia compartida sobre la coordinación de los centros y estructuras de investigación de Cataluña.
los criterios de colaboración entre el estado y la Generalitat en materia de política de investiga- ción, desarrollo e innovación se fijarán en el marco de lo establecido en el título v. Igualmente se establecerán los sistemas de participación de la Generalitat en la fijación de las políticas que
1 ley 3/1998, de 16 de marzo, del Parlamento de la rioja, de Investigación y Desarrollo tecnológico. ley 7/2001, del Parlamento Catalán, de 31 de mayo, de Agencia de Gestión de Cataluña. ley 9/2003, de las Cortes Aragone- sas, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación en Aragón. ley 17/2002, de 19 de diciembre, del Parlamento de Castilla-león, de fomento y coordinación de la investigación en Castilla-león. ley 5/2001, de 9 de julio, del Parlamento canario, de fomento de la investigación científica y tecnológica en Canarias. ley 5/1998, de la Asamblea de madrid, de fomento de la Investigación en la Comunidad de madrid. ley 7/1997, de las Corts valencianas, de 9 de diciembre, de fomento y coordinación de la investigación científica y el desarrollo tecnológico en la Comunidad valenciana. ley 7/97, de las Islas baleares, que regula la investigación científica y el desarrollo tecnológico. ley 12/1993, del Parlamento gallego, de fomento de la investigación y desarrollo tecnológico.
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