Page 553 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
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EAs:
– sanidad e higiene (11.2, desarrollo legislativo y ejecución), = em (teniendo en cuenta la pecu- liaridad de la “potestad reglamentaria”), =er (9.5, y aparte, en 9.4 coordinación hospitalaria en general).
– ordenación farmacéutica (desarrollo legislativo 11.4) = eCant (25.4), = eCl (34.8), = eClm (32.4), = ee (8.11), =er (9.12).
– Gestión de la asistencia sanitaria de la seguridad social, de acuerdo a lo previsto en el 149.1.17 Ce, reservándose el estado la alta inspección (12.13, ejecución) =eA (39.1), = eb (12.8), = eCant (26.1), = eCl (36.12), =ee (9.13), = em (28.1.1) = emur (12.4).
– Productos farmacéuticos (12.8, ejecución) = eAr (39.12), = eb (12.12), = eCant = eCan (33.7), = eCl (36.7), = eClm (33.8), = ee (9.8), =em (28.1.10), =emur (12.7), =er (11.12).
EB:
– sanidad e higiene (competencia exclusiva, 10.14).
– Coordinación hospitalaria, incluida la de la seguridad social (desarrollo legislativo 11.5)
= eCant (25.3), = eCl (34.2) = em (27.5).
– ordenación farmacéutica, sin perjuicio del art. 149.1.16 Ce (desarrollo legislativo 11.5).
EC:
– Higiene (exclusiva) con remisión al precepto específico sobre sanidad (17).
ECant:
– sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud (desarrollo legislativo, 25.3) = eCl (34.2), = eClm (32.3, añadiendo Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la seguridad social.
ECan:
– ordenación de establecimientos farmacéuticos (exclusiva 30.31).
– sanidad e higiene. Coordinación hospitalaria en general (desarrollo legislativo, 32.10), = ee
(8.4, añadiendo Centros sanitarios y hospitalarios públicos).
– Gestión de las prestaciones sanitarias y sociales del sistema de seguridad social y de los
servicios del Instituto nacional de la salud, Instituto nacional de servicios sociales e Instituto social de la marina (ejecución, 33.3).
EG:
– establecimientos farmacéuticos (desarrollo legislativo).
EM:
– ordenación farmacéutica y establecimientos farmacéuticos, sin perjuicio del art. 149.1.16 (desarrollo legislativo, 27.12).
EMur:
– sanidad e higiene, ordenación farmacéutica y coordinación hospitalaria en general, incluida la
de la seguridad social, sin perjuicio del art. 149.1.16 (desarrollo legislativo (11.1).
§ 31. SANIDAD, SAlUD PúBlICA Y FARMACIA
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