Page 633 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
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                § 35. PUERTOS Y AEROPUERTOS
 sobre los servicios de los tres primeros grupos, al ser “servicios propios del estado, que se reserva su gestión directa”; el cuarto grupo, cuya gestión directa por el estado resulta “de su posible incidencia sobre los de los tres primeros grupos y su carácter de ‘indispensables’ para el buen funcionamiento del aeropuerto”; mientras que las actividades del quinto grupo caben ser de competencia autonómica en caso de que el estado no se reserve su gestión directa, “al
8 no incidir sobre el ejercicio de funciones de soberanía” (asimismo stC 68/1984, FJ 6) .
4. Bloque de constitucionalidad vigente.
visto el marco estatutario y constitucional sobre la materia en cuestión, dado que elementos esenciales del llamado bloque de la constitucionalidad, así como la jurisprudencia constitucional
8 Ya, como legislación estatal vigente al respecto de puertos: ley 37/1981, de 9 de octubre, relativa a modificación de denominación y funciones del Cuerpo de Celadores de Puertos Francos de Canarias; ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del estado y de la marina mercante; ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen eco- nómico y de prestación de servicios de los puertos de interés general; y real Decreto legislativo 1/1999, de 23 de diciembre, por el que se adecua la normativa del recurso previsto en el párrafo tercero de la base 9a del real Decreto-ley de 11 de junio de 1929, de bases de puertos, zonas y depósitos francos al sistema tributario vigente. Y a nivel reglamentario: real Decreto 145/1989, de 20 de enero, por el que se aprueba el reglamento nacional de Admisión, manipulación y Almacenamiento de mercancías peligrosas en los puertos; real Decreto 333/1990, de 9 de marzo, de cambio de denominación de las Juntas de Puertos de Palma de mallorca, de la luz y las Palmas y de santa Cruz de tenerife; real Decreto 1590/1992, de 23 de diciembre, por el que se agrupan los puertos de san Ciprián y de motril en las Autoridades Portuarias de Ferrol-san Ciprián y de Almería-motril, y se enumeran las autoridades portuarias y los puertos de interés general que administran; real Decreto 58/1994, de 21 de enero, por el que se garantiza la prestación de los servicios portuarios esenciales de la competencia de puertos del estado, autoridades portuarias y sociedades de estiba y desestiba; real Decreto 393/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Practicaje, de conformidad con lo establecido en la ley de Puertos del estado y de la marina mercante; real Decreto 1535/1996, de 21 de junio, por el que se separa la administración, gestión y explotación de los puertos de Gijón-musel y de Avilés en las Autoridades Portuarias de Gijón y de Avilés; real Decreto 958/2002, de 13 de septiembre, sobre instalaciones de avituallamiento de combustibles en los puertos de interés general; real Decreto 91/2003, de 24 de enero, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos españoles; real Decreto 1249/2003, de 3 de octubre, sobre formalidades de información exigibles a los buques mercantes que lleguen a los puertos españoles y salgan de éstos; y real Decreto 1036/2004, de 7 de mayo, por el que se modifica el real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles. Y con relación a aeropuertos: real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el estatuto del ente Público Aeropuertos españoles y navegación Aérea; real Decreto 2591/1998, de 4 diciembre, sobre la ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; real Decreto 1257/2003, de 3 de octubre, por el que se regulan los procedimientos para la introducción de restricciones ope- rativas relacionadas con el ruido en aeropuertos; real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles; real Decreto 2858/1981, de 27 de noviembre, sobre calificación de aeropuertos civiles; real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el estatuto del ente Público Aeropuertos españoles y navegación Aérea; real Decreto 2591/1998, de 4 diciembre, sobre la ordenación de los Aeropuertos de Inte- rés General y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; y real Decreto 1257/2003, de 3 de octubre, por el que se regulan los procedimientos para la introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido en aeropuertos.
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