Page 663 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
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§ 37. SERvICIOS SOCIAlES, vOlUNTARIADO, MENORES Y FAMIlIA
1.23. Promoción y ayudas a la tercera edad, emigrantes, minusválidas58 y demás grupos socia- les necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción
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Estatuto de Autonomía de Murcia. Artículo 10
y rehabilitación
1.24. Protección y tutela de menores y desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud60”.
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. “1. Corresponde a la Comunidad Autóno- ma de murcia la competencia exclusiva en las siguientes materias:
62 63 18. Asistencia y bienestar social . Desarrollo comunitario. Política infantil
y de la tercera edad. Instituciones de protección y tutela de menores, respetando, en todo caso, la legislación
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Estatuto de Autonomía del País Vasco. Artículo 10. “la Comunidad Autónoma del País vasco tiene competencia exclusiva en las siguientes materias:
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civil, penal y penitenciaria. Promoción e integración de los discapacitados
más grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación65”.
12. Asistencia social
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, emigrantes y de-
58 vid. ley 8/1993, de 22 de junio, de promoción de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
59 vid. ley 3/1994, de 19 de mayo, del voluntariado social, ley 11/1996, de 19 de diciembre, de la Agencia An- tidroga de la Comunidad de madrid, ley 16/1998, de 27 de octubre, de creación del Instituto de realojamiento e Integración social, ley 11/2001, de 19 de diciembre, de uniones de Hecho, ley 15/2001, de 27 de diciembre, de renta mínima de Inserción en la Comunidad de madrid, ley 5/2002, de 27 de junio, de drogodependencias y otros trastornos adictivos, ley 11/2002, de 18 de diciembre, de ordenación de la actividad de los centros y servicios de acción social y de mejora de la calidad en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad de madrid, y ley 11/2003, de 27 de marzo, de servicios sociales de la Comunidad de madrid.
60 vid. ley 6/1995, de 28 de marzo, de garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia, ley 2/1996, de 24 de junio, de creación del Instituto madrileño del menor y la Familia, ley 5/1998, de 8 de julio, del Defensor del menor de la Comunidad de madrid, ley 18/1999, de 29 de abril, reguladora de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de madrid, ley 5/2000, de 8 de mayo, por la que se eleva la edad mínima de acceso a las bebidas alcohólicas, ley 11/2000, de 16 de octubre, del Consejo de la Juventud de la Comunidad de madrid (modificada por ley 3/2002, de 19 de junio), y ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de madrid.
61 Artículo modificado por las leyes orgánicas 4/1994, de 24 de marzo, y 1/1998.
62 vid. ley 8/1985, de 9 de diciembre, de servicios sociales de la región de murcia. ley 5/2004, de 22 de octubre del voluntariado en la región de murcia.
63 vid. ley 3/1995, de 21 de marzo, de la infancia de la región de murcia.
64 vid. ley 3/1994, de 26 de julio, de acceso al entorno de los deficientes visuales graves acompañados de perro- guía, y ley 5/1995, mencionada en nota al apartado 2.
65 vid. ley 6/1997, de 22 de octubre, sobre drogas, para la prevención, asistencia e integración social. 66 ley 17/1998, de 25 de junio, del voluntariado.
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