Page 778 - Reformas estatutarias y distribución de competencias
P. 778
REFORMAS ESTATUTARIAS Y DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
29. Deportes10 y ocio. 31. espectáculos11“.
Estatuto de Autonomía de Aragón. Artículo 27. “en el marco del presente estatuto corres- ponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia exclusiva de las siguientes materias:
12
22. la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio 24. la promoción del desarrollo comunitario13“.
14
.
Estatuto de Autonomía de la Rioja. Artículo 8
. “1. Corresponde a la Comunidad Autónoma de la rioja la competencia exclusiva en las siguientes materias:
27a) la promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio
15
1617 18
31a) Desarrollo comunitario . Promoción e integración de los discapacitados , emigran-
19 20
tes , tercera edad y demás grupos sociales necesitados de especial protección , incluida
la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación. orientación y planificación familiar.
29a) espectáculos21“.
22
Estatuto de Autonomía de Murcia. Artículo 10 . “1. Corresponde a la Comunidad Autó-
noma de murcia la competencia exclusiva en las siguientes materias:
23
17. Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio
.
.
10 Decreto-legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba el texto único de la ley del Deporte.
11 ley 10/1990, de 15 de junio, sobre policía del espectáculo, Actividades recreativas y establecimientos Públicos.
12 Cfr. art. 148.1.19 Ce. vid. ley 11/1997, de 22 de agosto, de deportes de Galicia.
13 vid. ley 2/1987, de 8 de mayo, del Consejo de la Juventud de Galicia.
14 modificado por lo 2/1999.
15 Cfr. art. 148.1.19 Ce. vid. ley 8/1995, de 2 de mayo, de Deportes de la rioja.
16 Cfr. art. 148.1.20 Ce.
17 vid. ley 7/1998, de 6 de mayo, del voluntariado social.
18 vid. ley 5/1994, de 19 de julio, de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad, y ley 1/2000, de 31 de mayo, de perros guía acompañantes de personas con deficiencia visual.
19 vid. ley 4/1989, de colaboración con Colectividades riojanas asentadas fuera de su territorio.
20 vid. ley 2/1986, de 5 de marzo, del Consejo de la Juventud (modificada por ley 2/1992, de 4 de mayo), y ley 5/2001, de 17 de octubre, de Drogodependencia.
21 vid. ley 4/2000, de 25 de octubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas.
22 Artículo modificado por las leyes orgánicas 4/1994, de 24 de marzo, y 1/1998.
23 Cfr. art. 148.1.19 Ce. vid. ley 2/2000, de 12 de julio, del Deporte de la región de murcia.
778

