Page 128 - Régimen Jurídico de las Infraestructuras Ferroviarias
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                RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS
 Siguiendo esta línea temporal, es ahora el momento de analizar cuál ha sido el tratamiento de las infraestructuras ferroviarias entre las Normas que se han ido aprobando tras la Constitución de 1978. Situada en el primer escalón, nos acercaremos hasta la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobada en 1987 (LOTT Ley 16/1987, de 30 de julio); primera norma reguladora de los ferrocarriles tras la Constitución, y encargada de “jubilar” a la centenaria Ley General de ferrocarriles de 1877. De la mano de esta Ley, así como de sus nor- mas de desarrollo, conoceremos cuál ha sido la consideración jurídica de estas infraestructuras por el legislador estatal hasta la nueva Ley del Sector ferrovia- rio. Un ascenso normativo que nos llevará hasta algunas Leyes Autonómicas, con el afán último de reconocer el papel de estas infraestructuras ferroviarias entre las políticas de terceras Administraciones públicas igualmente afectadas.
Será así como llegaremos al régimen actual, presidido por la Ley del Sector fe- rroviario del año 2003, al que por razones obvias dedicaremos reflexiones más profundas y cuestiones de índole más diverso.
1 . Referencias conceptuales en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres
Es el turno de analizar cuál ha sido el tratamiento de las infraestructuras ferro- viarias en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) aprobada tras la redacción, aprobación y entrada en vigor de nuestra Constitución demo- crática de 1978.
Después de más de un siglo desde que apareciese en el panorama normativo la
Ley General ferroviaria de 1877, y como consecuencia inmediata de la realidad
social, económica, política y jurídica, en la década de los ochenta, por fin, el
legislador consciente de cambios necesarios en algunos sectores entre los que
hemos de incluir al ferrocarril y al transporte por carretera, se hace eco de ese
nuevo contexto general y decide ofrecer un nuevo marco regulador mediante la
aprobación de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en el verano
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de 1987
. De esta forma, se dio paso a la redacción de una Ley en la que con-
 160 Con la Ley de Ordenación y su Reglamento de desarrollo, que se aprobaría algunos años más tarde, concretamente en 1990, no sólo se derogarían las leyes principales reguladoras del sector, sino numero- sas normas reglamentarias, nada menos que 182 Decretos y 576 Ordenes.
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