Page 189 - Régimen Jurídico de las Infraestructuras Ferroviarias
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refundido de la Ley sobre el régimen del suelo y ordenación urbana, cuando se diesen razones de urgencia y excepcional interés público las obras a realizar en la zona de servicio aeroportuario estarían intervenidas previamente por la Administración local, quien en el plazo de un mes debería emitir la correspon- diente notificación en la que se considerará la conformidad o disconformidad de las obras con el planeamiento urbanístico. Incluso en los casos en los que se considerase la disconformidad, recordemos que quien decide en última instan- cia sería el Consejo de Ministros, previo Informe del órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma afectada.
2.3. Régimen contractual del Gestor de Infraestructuras ferroviarias
Pasemos a analizar otro de los aspectos del régimen administrativo del Ente pú- blico GIf, una realidad viva, polémica, e importante, en el que las necesidades nacionales confluyen con las exigencias comunitarias.
Ya en la Ley de creación del Gestor de Infraestructuras se hacía alusión al régi-
men contractual al que debían someterse las actuaciones del nuevo Ente estatal.
En relación a las funciones de construcción de las infraestructuras, con excep-
ción a las relativas a la electrificación y señalización, serían aplicables las nor-
mas del régimen ordinario de los contratos de las Administraciones Públicas;
en su día, la Ley 13/1995, y hasta la desaparición del GIf era el Real Decreto
Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (art. 160. cuatro. Letra
260
En el Estatuto de la empresa pública se repetiría, en cierto modo, el esquema presentado por la Ley de 1996, exactamente en los artículos 11 y 16 del Real Decreto 613/1997. Como ya se dispuso en el texto legal, el régimen jurídico aplicable a los contratos de construcción que llevaba a cabo el nuevo Ente era el propio de las Administraciones Públicas; de esta forma, las relaciones con- tractuales celebradas por el Gestor de Infraestructuras en relación a la cons- trucción de los elementos integrantes de la Infraestructura ferroviaria quedaban
260 Ricardo DE VICENTE DOMINGO, en Los entes instrumentales en las leyes de procedimiento y de con- tratos de las Administraciones públicas, Cuadernos Cívitas.
b)
de gestión de los sistemas de seguridad, así como los relativos a la construcción de infraestructuras de electrificación y señalización, estaban sujetos a normas de Derecho privado.
. Por otra parte, los contratos de mantenimiento de las infraestructuras y
CAPÍTULO V
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