Page 209 - Régimen Jurídico de las Infraestructuras Ferroviarias
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                quisito imprescindible para la efectiva prestación de servicios de transporte por las empresas del sector; y finalmente, pequeñas puntualizaciones sobre la figura del canon por la utilización de las infraestructuras del ferrocarril.
1 . El derecho de acceso a las infraestructuras . Un requisito esencial en el proceso de liberalización de los sectores económicos
El anuncio de este tipo de derechos, el reconocimiento a empresas del sector de derechos de acceso y tránsito sobre las infraestructuras ferroviarias es una muestra evidente de los aires de liberalización que han ido impregnando al fe- rrocarril, impulsado con ánimo, desde la política de transportes de las Comuni-
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dades Europeas en coordinación con el Derecho de la competencia
de crear un auténtico mercado abierto a la competencia en lo que respecta a los servicios de transporte para proporcionar ventajas efectivas a los consumidores finales, ha llevado a diseñar un modelo lleno de novedades que ha venido a irrumpir con fuerza en un panorama caracterizado por el monopolio; monopo-
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una normativa orientada a dar paso a una pluralidad de agentes en la prestación
lio en su doble expresión, prestacional e infraestructural
. No se entendería
CAPÍTULO V
 . El deseo
 293 Las reflexiones vertidas a continuación versarán sobre el acceso a las redes e infraestructuras en cada uno de los sectores liberalizados, una realidad diferente a la reguladora de los derechos de acceso de los operadores a cada uno de los mercados que vamos a considerar: telecomunicaciones, energía, hidrocar- buros y ferroviario. Si bien, tanto en unos casos como en otros, las Administraciones públicas desempe- ñarán un papel protagonista, bien como regulador y supervisor de las actuaciones de acceso a las redes e infraestructuras físicas, bien mediante la aplicación de técnicas de intervención administrativa por las que se procurará el acceso de los operadores al mercado. Como puede comprobarse, la interrelación entre el acceso a la red y el acceso al mercado en los sectores dependientes de infraestructuras en red, es inmediata, puesto que sin la primera de ellas no podría pretenderse el acceso real al mercado abierto a la competencia.
Sobre el acceso al mercado de las telecomunicaciones ver, jesús Ángel fUENTETAjA PASTOR en Elemen- tos autorizatorios y concesionales en los títulos habilitantes (Evolución del modelo comunitario de acceso al mercado de las telecomunicaciones), Revista de Administración Pública, núm. 160, 2003, págs. 87 a 119.
294 Recordemos que estamos ante un sector marcado por una situación precedente monopolística, que como venimos diciendo afecta tanto en lo que respecta a las infraestructuras, como a la prestación de los servicios de transporte. La realización efectiva de los servicios ferroviarios a cargo de la empresa pú- blica RENfE (o fEVE en determinadas zonas del país) se ha desarrollado sin competencia alguna en el sector (diferente sería la reflexión desde una perspectiva intermodal). Una actividad que se ha servido, en exclusiva, de una infraestructura en red que cubría la totalidad del Estado, una red que sin duda con- sideramos esencial y que ahora está en el punto de mira del mercado. La pretensión última es la apertura a la competencia de unos servicios cuya realización necesita del acceso a las infraestructuras, de ahí, que la preocupación por diseñar un modelo abierto a la competencia en el mercado del transporte arrastra una necesidad inmediata de abrir el acceso al elemento físico. Existe, como vemos, un vínculo de depen- dencia entre unas actividades y otras; las restricciones en el acceso a la infraestructura se traducirían en barreras absolutas en lo que respecta al desempeño de funciones prestacionales del servicio ferroviario. En este sentido, ver Pedro CALLOL GARCÍA en La garantía de acceso a las redes de telecomunicaciones como requisito esencial para la liberalización del sector en Revista de Administración Pública, núm. 149, mayo-agosto 1999, pág. 404.
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