Page 70 - Régimen Jurídico de las Infraestructuras Ferroviarias
P. 70

                RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS
 ferrocarriles de servicio general, lo que nos llevaría a sostener con firmeza la identificación de los servicios ferroviarios como servicios públicos.
IV . FIN DEL SISTEMA CONCESIONAL
Del análisis del ferrocarril en esa primera época, junto a la categoría de las infraestructuras como obras públicas y su consideración como soporte de acti- vidades prestacionales que bien quedarían resumidas bajo la denominación de servicios públicos, no podíamos terminar este capítulo sin resaltar la indudable importancia de la concesión como fórmula jurídica de intervención estatal en el tratamiento clásico del ferrocarril. La concesión se convierte en un verdadero prototipo del ferrocarril del siglo XIX, una figura esencial tanto en relación a las
72
obras públicas, como en lo que respecta a los servicios ferroviarios
.
La actividad ferroviaria, los transportes por carretera, el gas, la electricidad o el telégrafo, aparecen en nuestro panorama económico, social y político, tras la primera revolución industrial, reivindicando una participación activa por parte del Estado; es entonces, cuando la Administración pública ha de buscar solucio- nes jurídicas para hacer frente a una nueva realidad para la que no servían las viejas fórmulas de policía y fomento, soluciones entre las que debemos situar a la concesión.
Tras varias décadas, diferentes motivos llevaron a que el sistema concesional
ferroviario fracasase allá por los años cuarenta; entre otros: la rigidez del siste-
ma, la ausencia de renovación tanto de las infraestructuras como del material
utilizado, el miedo y temor ante una reversión ya imparable, o las explotaciones
ruinosas por la inflexibilidad de las tarifas. fueron algunas de las causas que
llevaron a la concesión hacia el ocaso, una técnica que se presentó desde sus
comienzos como solución de intervención administrativa en el ámbito ferro-
73 viario .
72 “Entre las distintas formas de prestación de los servicios públicos destaca la concesión administrativa como la más característica de entre las que implican la gestión de la actividad por terceras personas, en cuya fór- mula la actividad continúa siendo pública, ya que a través de la concesión se opera una transferencia de facul- tades desde la Administración pública al particular concesionario [...]”, por Eloy GARCÍA MARTÍNEZ, en La naturaleza institucional de los servicios de transporte mecánico por carretera en el ordenamiento jurídico vigente, Crónica administrativa, Revista de Administración Pública, núm. 55, año 1968, pág. 349.
73 Lorenzo MARTÍN-RETORTILLO BAQUER, Transportes de Madrid... ob. cit. en Revista de Administra- ción Pública, núm. 35 (año 1961), pág. 334.
 70
 















































































   68   69   70   71   72