Page 22 - La sucesión de empresa en los supuestos de transmisión de concesiones administrativas de gestión de servicios públicos
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LASUCESlÓN DE EMPRESA EN LOS SUPUESTOS DE THANSMlSlON DE CONCESlONES AuMiNisrRArii/as DE sEsnoN DE SERVICIOS PUBUCOS
Sobre la premisa anterior, y en un proceso paulatino, se l-ia considerado que
la satisfacción de determinadas necesidades publicas alcanzara sus cotas mas
elevadas de eficiencia si son los sujetos privados quienes se hacen cargo de
su prestación“ y en la busqueda de semejante santo grial cabe interpretar
las tendencias privatizadoras y el recurso cada vez mayor a las te'cnicas pro-
venientes del Derecho Comun en una especie de “uggiomumento del Derecho
Administrativo"“, abriendo asi “una vía para facilitar las relaciones jurídicas y
económicas con terceros [las cuales] podrían entorpecerse de seguir todas las
reglas y formalidades impuestas por el Derecho Público, pero sin que ello per-
mita contradecir la conducta que debe caracterizar, por imperativo constitucio-
nal y por los principios esenciales del ordenamiento jurídico, el funcionamiento
de la Administración”?

Con todo, no parece conveniente abogar -como hacen aquellas teorías neolibe-
rales mas radicales“’— por una desaparición total de la iniciativa pública, pues
“uno de los objetivos... es precisamente mejorar su eficacia, mediante el acicate
que supone tener que competir con sujetos privados en base a una oferta de ser-
13 En electo, “la desconlianza en la capacidad del sector publico para la produccion ericiente de bienes y
servicios caracteristica del neoliberalismo se lia traducido, por lo que a la segunda de las vias respecta, en
un considerable aumento de la contratacion tendente a su provision privada“ [SANTOR SALCEDO, l-l.:
"contratacion administrativa y sulaconlralaclon: supuestos de imputacion y exencion de responsalailida.
des laborales", en AAW (RIVERO LAMAS, 1., Dir. y DE VAL TENA, A. L., Coord.): Descenlmlizacian
praducliva y responsabilidades etnpresariales. El ‘outsourcing’, Cizttr Menor, 2003, pag. 15s], llegando a ser
afirmado, no sin altas dosis de razon, como “la eicternalizacion en la actividad empresarial privada, como
medio para que cada empresa se centre en aquello que sabe liacer mejor, deiando los aspectos perilericos
de su actividad en manos de los especialistas, lia iniluido decisivamente en el sector publico, Este aspecto
de colaboracion con la Admlnlslraclún permite al sector privado asumir la tarea y el protagonismo que le
corresponde en la actividad economica. . la experiencia de las Administraciones públicas i-nas avanzadas
muestra que incluso en aquellos ambitos de la actividad administrativa en los que el eJerciclo de las potes.
tades públicas es mas evidente o pone de maniriesto aspectos mas simholicos, concurren en el desarrollo
de sti eJerciclo tareas instrumentales, de acopio de medios, de mantenimiento y gestion de inlraestructuras
y equipos tecnicos que son gestionadas mejor y mas barato en manos d_e contraustas” [BENITEZ MOR-
ClLLD, G.: “Articulo ls. capacidad de las empresas", en AAVV. (ARINO ORTIZ, G., y ASOCIADOS):
comentario: a la Ley de contratos delas Administraciones Publicas. Toma ll. La gestion del contrato, Granada,
2003, pag. 13].

H FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, J. 1.: Acceso y movilidad de las funcionarias (Sobre la laboralizacion de algu-
no de los nucleos donzydel Deveclio de la Función palilica), cit,, pag. s9.

‘5 GONZÁLEZ-EIEDMA, E. y CALVO GALLEGO, E 1.: “Las relaciones de lrabaJo en las empresas publi-
cas”, RL, ntim. la, 1992, pag. ls.

1° Para las mismas “el contenido de estas propuestas de translormacion/modernizacion consiste, tambien,
en el lieclio de que el Estado deie de olrecer servicios de manera directa y, por lo tanto, deje de asumir la
responsabilidad de dar servicios públicos a los ciudadanos, para pasar a ser, iundamentalmente, el controla-
dor o el director de tina oierta que debe partir de la iniciativa privada", si bien continua senalando la autora,
“estas aliri-naciones, y otras en la misma direccion, se acostumbran a liacer sin tener reierencias empiricas
de las mismas, y tambien, sin tener en cuenta las dilerencias que separan la actividad publica situada Iuera
del mercado, de la actividad privada que se lleva a cabo con animo de lucro", PASTOR GDNSALEEZ, l.:
¿La gestion privada en la Administracion Publica 7. El caso de los servicios sanitarios hospitalarias de Cataluña,
cit., pags. 2a y 21, respectivamente.

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