Page 24 - La sucesión de empresa en los supuestos de transmisión de concesiones administrativas de gestión de servicios públicos
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iasucEsicm DE EMPRESA EN LOS SUPUESTOS DE mANsMisioN DE coNcEsioNEs AüMlNlsïRAïlwls DE sEstinii DE SERVICIOS PUBUCOS
En consecuencia, sus raices últimas cabe situarlas en el Derecho Privado “par-
tiendo de la figura tradicional de los contratos de obra pública según la regula-
ción de los pliegos que comienza con el siglo diecinueveúl, de al-il’ que se l-iaya
afirmado, aun cuando se trate de una aseveración a tratar con suma cautela,
como “la contratación administrativa, no obstante sus especiales característi-
cas, tiene como nota o fondo común con la ordinaria, civil o mercantil, la de
ser, ante todo, un concierto de Voluntades en el que las normas fundamentales
y en primer término aplicables son las acordadas por la Administración y el
contratista”?

Sin embargo, las sucesivas regulaciones legales y las construcciones doctrinales
y jurisprudenciales sobre la conLratación administrativa l-ian traido aparejada la
edificación de un entramado normativo complejo caracterizado por la existen-
cia de fuertes singularidades”, en especial al conformarse como un conLrato de
adhesión en el que la libertad del privado se encuentra ciertamente limitada por
los condicionantes impuestos por el poder público para acceder al vínculo y por
las importantes facultades fiscalizadoras en manos de la Administración —di-
rección, interpretación, modificación y resolución del contrato, entre oLras- en
aras a garantizar la consecución del interes público, sin perjuicio del contrapeso
dado por el reconocimiento de ciertos derechos al conLratista fundamentalmen-
21 CONSEJO DE 13mm): Dictamen soltre el Anteproyecto de Ley de contratos del sector Paltlico, de 25 de
mayo de 21706, Madrid, 2005, pag. ll (version electronica). “En sti origen, todos los contratos que cele-
bi-alia la Administracion se regian jtiridicamente por las mimas normas qtie disciplinan los contratos entre
particulares, es decir, por el codigo civil. sin embargo, a mediados del siglo xix se empezó a alnhull’ a la
jtirisdiccion contenciosoadministrativa el conocimiento de las controversias qtie se stiscitaran en relacion
con los contratos en los qtie una de sus partes iiiei-a tina Administracion Publica... l-loy se entiende, tanto
por ntiestra doctrina como jurisprudencia, qtie la contratacion administrativa y la contratacion privada po-
seen tina sustancia comun, el inereclio civil, sobre la qtie actuan, matiaandola, las exigencias derivadas de
que una de las partes en el contrato sea una Administracion Publica”, MORENO MOLINA, j. A, y PLElTE
GUADAMILLAS, E: Nuevo regimen de contratacion administrativa. Adaptado al Nuevo Reglamento de contra-
tos y a la Ley de Concesion de obras Politicas, 3' ed., Madrid, 2003, pag. loz.

12 STS, cont-Admtivo, 9 jtilio leas (RJ 535o). Canlm, por ctianto “seguir ariri-nando que el Dereclio
comiin es la base de los contratos del rsiado es utopia; decir, ademas, que es lo deseable por razones de
garantia del citidadano, es ignorancia. Porque lo cierto es que todos los dogmas contracttiales privados
no lian conseguido evitar que el Poder, citando lo lia creido necesario, liaya invadido los contratos y liaya
desconocido o alterado los dereclios qtie otorga“, ARIND ORTIZ, G.: “Estudio introductorio", en AAVV.
(ARINO ORTIZ, G., y ASDClADOS): comentarios a la Ley de contratos de las Administraciones Publicas.
ramo l. El sistema contractual administrativo, Granada, 2002, pag. 17.

13 En electo, “la contratacion pública lia sido sometida en los tiltimos quince anos a un siniin de reiormas
normativas, impulsadas tinas —la n-layorlav por el muy desarrollado Dereclio comunitario en la materia y
planteadas otras por el legislador y gobernante espanol, qtie lia tratado —sln mticlio 2xll0— de simpliricar
y liacer mas ericaz el procedimiento Jurldlco administrativo de contratacion. la desmedida proliieracion
normativa en el sector lia ocasionado tinas notables dificultades a todos los operadores Jurídicos y econó-
micos tle los contratos publicos”, MORENO MoLlNAJ. A. y PLEITE GUADAMILLAS, E: La nueva Ley de
Contratos del sector Publico. Estudio sistematito, Madrid, 2007, pag. 39.

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