Page 86 - La sucesión de empresa en los supuestos de transmisión de concesiones administrativas de gestión de servicios públicos
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msucEsicN DE EMPRESA EN LOS SUPUESTOS DE mANsMisioN DE coNcEsioNEs AüMlNlsïRAïlvks DE sEsnoN DE SERVICIOS PUBUCOS
De una parte, aquellas en las cuales el vínculo administrativo conlleva la pre-
rrogativa de explotar comercialmente frente a terceros la instalacion pública,
obteniendo el adjudicatario unos beneficios a traves del precio abonado por los
usuarios y debiendo abonar, como contraprestación, la suma correspondiente
al titular. En ese caso, no parece plantear duda alguna la existencia de sucesion
cuando se pone a disposicion de aquel cuantos elementos productivos confor-
man la infraestructura necesaria a fin de desarrollar el servicioz”.
De otra, aquellas donde la actividad consista únicamente en el simple y mero
mantenimiento de los bienes públicos de manera que el pago al adjudicatario no
provenga de una cuantía económica sufragada por los ciudadanos, haciendose
cargo de los costes la Administracion mediante la entrega de una cierta cantidad.
Frente a la hipótesis anterior, en ésta no cabe aplicar el precepto estatutario, en
tanto no tiene lugar entrega de su estructura imprescindible para realizar las
funciones de conservacion, debiendo ser la nueva concesionaria quien aporte
los elementos necesarioslfi".
La construcción de dicha regla general llevaba aparejada la continuidad de las
relaciones con el antiguo concesionariolm y, en muchas ocasiones, el resultado
final era la extinción de los contratos, con o sin indemnizaciónz“, rebajando
265 s15] Andalucia/sevilla 2a febrero 2002 (TDL 494994). En electo, “no todas las contraias de servicios lle-
van aparejado el traspaso por parte de la empresa principal a la auxiliar o contratista de un conjunto relevante
de medios i-nateriales y humanos necesarios para la eiecucion de la lase, tramo o parcela de actividad integrada
en el proceso productivo de la primera, y ni siquiera es determinante que la contratista cuente con una fuerte
inlraeslruclura, como lo demuestra la proliferación en el mercado de un sinnúmero de controlas de servicios
de limpieza, vigilancia, asistencia tecnica. etc, las cuales se desarrollan con un supone pauimonial minimo o
muy escaso, pues lo verdaderamente relevante en este tipo de conti-aias es la prestacion de actividad mediante
un ConJunlo organizado de medios liumanos que constituye su principal activo, y que, de asumirse el plan-
teamiento argumental de la recurrente (como no lia existido submgacion la contraia es ilicita). habrían de ser
declaradas todas nulas. conclusión, desde luego, inaceptable" [SSTSJ Murcia 1B «los septiembre zoo: (A5
2345 y JUR 255385). Sobre las dilerentes consecuencias a aplicar en el caso de una concesion administrativa
con puesta a disposicion de organizacion empresarial o sin tener lugar la misi-na, CAMPS Ruiz, L M.: Régimen
laboral de la transmisión de la empresa, valencia, 1993, pags. 115 y ss].
166 STS] caialuna 3 i-nayo 1999 (A5 1459). criticando el iallo, por cuanto “el origen del beneficio econó-
mico de la empresa es irrelevante, como irrelevante es, a estos electos y a los propios de la delinicion de
empresario a electos laborales, la propia busqueda de beneficio o lucro alguno en la actividad empresa-
rial... La solucion vuelve a pasar, pues. por analizar si concurre o no el elemento obJeLivo en la supuesta
transmision, es decir, si liay una ‘entrega electiva del total conjunto operante en los elementos esenciales
de la empresa, que permita la continuidad de la actividad empresarial cuestion que, en mi opinion, no
queda excluida por el lieclio de que la actividad contratada no sea la exploiacion Írenle a terceros de la
instalacion publica sino su mantenimiento” [VlCENTE PALACIO, A.: “Transmision de ei-npresa y con-
cesiones administrativas: necesidad de que la concesion lleva aparejada la entrega de la iniraestructtira
empresarial básica", Asa, T. Il, 1999, pag. 252o].
167 STS] canarias/Las Palmas 25 febrero 1994 (AS 72a).
163 SALA FRANCO, I: “Los electos laborales de la contratacion y subconti-atacion de obras y servicios:
puntos críticos”, AL, num. 9, 2005, pags. 1035 y 1037.
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