Page 88 - Transferencia de funciones y servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía (1979-1997)
P. 88
Los recursos interpuestos contra las resoluciones dictadas por el ente preautcnôrnico en
usodefacultadesdelegadasseresolveránporleAdministracióndelEstado.Atalefecto,
se entenderá que el órgano preauronómico ha acruado por delegación del órgano estatal que, con arreglo a la legislación del ramo, hubiese ostentado la competencia de no rne diar delegación, aplicándose, en tales términos, el régimen general de recursos. Los re cursos de que se rrara, se presentaran ante el ente preeuronómíco, quien los remitirá con suinformealaAdministracióndelEstado
Elejercicioporelentepreauronômicodelascomperenciasdelegadashabrádesujetarse. entodocaso,alalegislacióndelEstado,reguladoradeloscorrespcndientcsservicios.La Administración Central del Estado podrá, asimismo, establecer directrices y criterios
lnrerprerarivos, para la aplicación de dicha legislación por la Junta de Andalucía.
EncasodeincumplimientoporlaJuntadelasnormasanteriores,elGobierno,previo informe del Consejo de Estado, podrá acordar la revocación total a parcial de la delega ción.
La Junta de Andalucía, ejercerá, asimismo, las funciones de la Adminisrracién del Estado. por delegación de esta en orden a los servicios que excedan de su ambiro territorial, en cuanto a la inspección, incoación y tramitación de expedienres sancionadores e imposición de sanciones económicas por infracciones a la legislación de ordenación y coordinación de los rransportes mecánicosporcarretera,quesecometanenelámbitoterritorialdelaComunidadAutónoma, asícomoenloreferentea[aeventualretiradaprovisionaldelatarjetadetransporresyelprecin tadodevehículosensuambitorcrrironal,que,ensucaso,fueranprocedentes.Sinembargo,si en el expedienrc sancionador se propusiere además la anulación temporal a dcfinieiva de la auronzaciénadminisrrarivaconlaconsiguienteretiradadelatarjetadetransporre,abienúni camenretalanulación,asícomosisepropusierelaincoacióndeexpedienredecaducidaddela concesión, dicha propuesra se someterá al órgano pertinente de la Adminisrracién del Estado. parasu resolución
Las indicadas facultades delegadas se entenderán sin perjuicio de que la Admlnlstracién del Estado,eventualmente,poracuerdodelcentrodirectivocorrcspondienrc,inspeccioneysanció ne directamente los servicios objeto de la delegación, a cuyo efecro podrá recabar, en su caso, de la Junta los datos y documenracién precisos, manteniendo en todo caso informado a dicho Ente.
La delegación de funciones que se establece anteriormente se entenderá ajustada a las si- guientes normas:
La incoación, instrucción y resolución de los correspondienees expedienres de denuncias corresponderáalEntePreauton6micoencuyoámbitoterritorialsehubierecometidola infracción,auncuando[aconcesiónaautorizacióndelrespectiveserviciointerregional sea de competència de la Adminisrracion del Estado, o, por delegación de ésta, de algún otro Ente Preauronómico, al hallarse residenciado el vehículo en el rcrritorio de este último. A tal efecto, el Enre Preauronómico instructor podrá recabar de la Adminisrra ciónconcedenteaaucorizanredelservicioasícomodelRegistroCentraldeInfracciones del Mínlsrerio deTranspones,Turismo y Comunicaciones cuantos datos a antecedentes
• 88•

