Page 165 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
P. 165

 la posibilidad de que se produjese 'reuene discrimination"; expresión que alude al
efecto de que los miembros del grupo mayoritario sean ilegalmente discriminados en
sus oportunidades de empleo por culpa de "Affirmative action Programs", estableci­
dos para mejorar las oportunidades de grupos tradicionalmente infrarrepresenrados, talescomomujeresyminorlasraciales.
ElprimerpronunciamientosedirigióajuzgarunPlandeacciónpositivadeuna empresaprivadaen 1979{UnitedStttiworktrsofAmericav. W't-ber),resultandouna serie de advertencias en cuanto a la ucilizacién del Tùulo VII de la Civil RightsAce de 1964;
•Elplandebereflejarlospropósitosdelaley;recortardesigualdadesenpuesros tradicionalmente afectados por le discriminaci6n.
•Elplannodebeinnecesariamentemenoscabarlosinteresesdeotrosempleados. •Elplanhadesertemporaly,portanto,renerunpuntodellegadaquelcextin­ gue en su aplicación (ese punto entendemos que lo constituirfa la consecución
deunefectivoequilibeicracialadegénero).
Paraelsector públicoseráelcaso judicialjohnsonv. TransportationAgencyde 1987,elque analicelacuestióndela"reversediscrimination".UnaAdministraciónpúblicanombróen
unpuestoquenuncahabíasidoocupadopormujeres,aunamujerquehablaobtenido
inferiorpuntuaciónqueotrocandidatomasculinecnlaspruebasdeacceso.ElTribunal
validaelcomportamientodelaAdministraciónalentenderqueelPlandeigualdadesta­
ba ideado para paliar la infrarrepresenracion en concretos puestos de trabajo y que no era abusivo tener en cuenta Otros criterios además del mérito para proveerlos.
Ahora bien, algunas de las medidas o planes que pasan el filtro de la legalidad (dd TítuloVIIdelaLeydederechosciviles)puedequeno logrensuperarun controlde constitucionalidad, a la luz de la 14a o Sa enmienda de la Constitución de los EE.UU.
ya que sus requerimientos son superiores. Todas las medidas de acción positiva que seanconstitucionalessonconformesalTítuloVIIdelaLeyde1964,peronovicever­
sa. Por supuCStO, los empleadores públicos a privados que pretendan limar las diferen­ cias raciales O de género han de adaptarse a las exigencias de [a Constitución, îusrifi cando de fatma más exhausriva el uso de estas discriminaciones posinvest».
.
us En d Cl<O cilJllfRirhmontl... /.A. o.n.,,.. û. .., aplic>dtC:Jt tU: constitucionalidad pan evaluar I", mc<Iidas tU: acción
positi.... denominado ;",;" """,Ii..,". Vid. GULlETl". C. R.. "P=e"" discrimination and ..,m..dial affirmativc action in
=p!oymcrn: De>ling with the paradoK of nondiscrimiJUtion". """fir "",,,"nd
MtlNlg=nt.
nG 1.2000.













































































   163   164   165   166   167