Page 220 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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 Tres m()(úÚJ¡ comparados tÚ FuncÎ6n Pública J sus procesos tÚ s(úccÎ6n
Elvalordelademocraciatambiénobligaaperseguirlosinteresesgeneralesy,en consecuencia, a respetar por parte de la Administración el principio de objerivi­ dad.Laéticapúblicaylaprofesionalidadenlaactuaciónadminisrracivas610han demostrado ser viables en aquellos sistemas de funci6n pública conformados por
empleados que ingresan en la misma por su mérito y capacidad y quedan sujetos aunarelaciónestabledeempleo.Seríamáscomplicadoexigirelcumplimientodel
principio de objetividad si las personas que ejecutan las políticas públicas actúan bajolaamenazadeundespidoadeunainciertaprórrogalaboral.Laobjetividad persigue que los actos de los servidores públicos, aún bajo la dirección política del gobierno,no sean en modoalgunopartidistassinoconformesalinterésgeneral.
b)El"Estadodederecho"principalmentenosaclaraladistribucióndepoderespro piadeunasociedaddemocráticaconremporánea,esdecir,dividelasfunciones entre los poderes del Estado y establece unos mecanismos de controles, equili­ brios,yresponsabilidadesentreellos.Asimismo,elEstadodederechoimplicaun sometimientoplenodelaAdminisrraciónalaley,porloquelasactuacionesde los órganos de la Adminisrración pública se vinculan de forma positiva a lo que la leydispone.Dichasactuacionessonllevadasacaboporlosempleadospúblicos
plimiento de los deberes legales.
De esta forma y haciéndose eco del significado de la cláusula constitucional que analizamos,elart.103.1CEsometealaAdministracióndeformaplena,tantoa laLey,comoalrescodelordenamientojurídico.EstemandarodelaConstitución ha de estar presente en la actuación de los funcionarios públicos, colectivo que gozadeunestatusespecialreguladopornormasdederechopúblico,elrégimen estatutario. Ese régimen peculiar les otorga certeza y seguridad jurídica tanto en susderechoscomoensusdeberes,constituyendounodelostípicossupuestosde relaciones de sujeción especial-e.
20lEstaciOIegoria¡uridimdeorigenoIemány(onSlmidapord¡uris...aTIOMAYER,ha¡idopu"""n en,redichopor justificarpoderesde!Estadodeun. natura!eu-esp«ial"ymásgravosap='ingulart$rol«livo.queparacl=to dela
ctc.).kípues.enopinióndeCASTILLOBLANCO, EA.,"DesdenuestropunIadevista,sibiencabeadmitirI••ub.istcnçÍad.laategorlajurldiu"rel.cionesdesujeci6n esp<'cial"una vn promulgadanuesrra Con,tilUción,loqueno puedeacoptarsees quel.mi,ma<capliqucdeformaindis­ criminad. cXICndiéndola a cu.lquicr colectivo. ni qu las consecuencias que gencl"3 """" igualesen todaslas relaciones que se comprenden dentro de ella". En 'u monogra/h, Fun(Íón públicay potin tfjy:'piinan'o dtt &14do, Civicas, Madrid, 1992,
pig. 500.
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de este modo, se en los de la Por supuesto, constituyen ejecutores legalidad.
que, tambiénderivadeunEstadodeDerechoelprincipiodelegalidad,principioque propugnaquelaseguridadjurídicaseaunvalorfirmeenlasociedad;esnecesario conocer las reglas del sistema y conocer igualmente las consecuencias del incum­
dudad.nl. (colectivo de presos, mililOl"eS, polida, !i.máon.rios
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