Page 227 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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 Utfonciónpúblicilapañola,losprindpiosconstitucionllmn LIlcetlO ilLtmpLtopúblico
nisrrativa, las situaciones administrarivas, los derechos, deberes y responsabilidades
de los funcionarios, su régimen disciplinario, la creación e integración, en su caso, de Cuerpos y Escalas funcionariales y sistema de provisión de puestos de trabajo.
Paraalgunosautores,comoSÁNCHEZMORÓN,estedetalleenlainterpretaciôn del TC resulta excesivo y centra el contenido esencial del estatuto funcionaria en cuatro punecsus:
• La regulación de las garantías de acceso a los empleos públicos en condiciones de igualdad y sobre la base de los criterios de mérito y capacidad.
• Por influencia del art. 23.2. CE, lo relativo a ascensos, sistemas de promoción
interna,yprovisióndepuestosdetrabajo,asícomolaregulacióndelapérdida de la condición de funcionario.
• La regulación de las peculiaridades del ejercicio de los derechos sindicales de los funcionarios (art. 28.2 y 103.3 CE).
• Elestablecimientodeun sistemadeincomparibilidadescomo requisitenecesa­ rio para asegurar el principio de objetividad en la actuación administrariva y la regulación de las condiciones y garantías necesarias para asegurar la imparciali­ dad en el ejercicio de la función pública.
Una vez que delimitamos en contenido material del estatuto funcionarial, queda pendiente la espinosa rarea de conocer a qué puestos de trabajo individualizados
dentro de la organización pública se le debe de aplicar dicho estatuto, y diferenciar­ los de aquellosotros que se regirán por el derecho común laboral. ¿Realmentese rea­ lizaunesfuerzodeseparaciónentreambasclasesderelaciónjurídicadeunemplea­ do público con la Administración en la cual desarrolla sus funciones? ¿Es realmente posible diseinguir en el seno de la burocracia, funciones que deban ser encomenda­ das a cuerpos de funcionarios y que justifiquen el rechazo del régimen de derecho labora]!
La contestación a estos tnrerrogenres ha sido y sigue siendo el caballo de batalla de la doctrina adminisrracivisra de la función pública. Los criterios a utilizar pueden venirdadospormultituddevariables,algunasdeellaslegales,comoeselcasodel artfculo IS.I.c) de la LMRFP que establece la regla general de que los puestos de tra­ bajo han de ser cubiertos mediante nombramiento de personal funcionario y que, sóloenlossupuestosqueenumeradeformatasada,sepodráhacerusodeformasde
I' Vid. SÁNCHEZ MORON, M., DmeI» ú 1M FuMid10 NIJIir4, TccnOll, Madrid, 2002.






















































































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