Page 273 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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La foncidn pública tspaño/ay 141 principios constitucionales en ti a(CtSO at rmpko público
La segunda via expuesta es la que va consolidándose en el derecho administrativo europeo, y que se fundamenra en el valor que ha de darse al cometido a función des
empeñado, en lugar de a la concreta personificación encargada de su realización. Esta teoría funcional centra su punto de atención en la naturaleza de las rareas que pres ta el personal y no en el envoltorio jurídico del ente matriz del cual dependen. Además, esta vía tiene [a ventaja de convenir al proceso de convergencia de la Unión Europeaencuantoalaefectivaimplantaciónde[alibertaddecirculacióndetraba jadores. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas utiliza el criterio fun cional para detectar en los países miembros los puestos de trabajo que pueden ser o nocubiertosconplenalibertadporciudadanoseuropeossw.
Lociertoesqueenelbloquedelaconstitucionalidadespañolnodefinecriteriode delimitación entre funcionarios y laborales ya que, a diferencia de otros modelos comparadoscomo elalemán,no efectúauna reserva defuncionesexpresaparaelper sonalfuncionario.Hasido,enconsecuencia,ellegisladorordinario(nosinunapre viareprimendadelTribunalConstitucional)elquehainrroducidounosambiguos criterios, los del art. 15 LMRFP en la legislación básica del Estado y los artículos 92.2 LBRL 169
TRRL en el ámbito
ción funcionario/laboral en nuestro ordenamienrorze.
los
Y
Y sig.
local, para fijar
contornos de la rela
Por nuestra parte, consideramos que podria resultar útil a esta complicada labor de delimitar los contornos de la función públicaestarutaria y laboral entre sí, el elabo rar, al igual que se ha hecho en otros sectores del derecho administrativo, una escala o graduación de "servicialidad" que sirva de parámetro al operador jurídico a la hora de decidir la clasificación de un puesto de trabajo y. consecuentemente, el régimen
1MV elcapírulo,erce.(Ode<:$ ,nbajodeinv<:$,igaci6nq""$ededicaal.nilisi¡de<:$'( "¡>«f0en COnoero.
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taje mfflio es mucho más dn-ado on baSI.n,es corporaciones (en Barcelona, por jmplo. alean", cl 70%). Para hocer""
ide. de lo que significa tal porcentaje, hay que ,ccordar que en la> CCAA cl po,centaje de labo,ales es del 17 por lOO, mie",r.. que en la Administraci6n General del Estado nO llega ni ,iquiera a "'la cifra".

