Page 284 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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Tres modelos comparados de Funcidn Pública} sus proclsos tÚ J/[eccidn
diferentes manifesraciones rerritoriales y funcionales. Así pues, independientemente del tamaño a límites que coyunruralmente se otorgue por la opción política de turno, lo cierro es que siempre habrá de contar con un medio de actuación que será
de naturaleza pública.
Enestesentido,lafunciónpúblicadebeentendersecomoelconjuntodemedios humanos disponibles para prestar los servicios públicos. La convivencia de dos regí menes jurídicosdiferenciadosdeaplicacióna esros recursos humanos,elEstatutode losTrabajadoresydemásnormasdelderecholaboral,porunlado,yLMRFPY demásnormassobrefuncionariospúblicos,porarra,hageneradoefectosdisrorsio nadares para la convivencia armónica de estos colectivos de personal.
Al respecto, hemos constatado que hay quienes defienden que la única opción admi sible es que el empleo público se integre por funcionarios en su [oralidad y quienes apoyan la postura conrraria, es decir, que todos los empleados públicos deberían de someterseaunvínculodènaturalezalaboralconlaAdministración.
No obstante, la mayoría de la doctrina administrativista defiende posturas eclécticas,
quecasanconlarealidadactual;convivenciadefuncionariosylaboralesenelempleo
Lasdiferencias la ordinariaimponeaunosyotros,noshacen público. que legislación
constatar la vigencia de un estatuto funcionarial para los primeros y de un régimen de derecho laboral para los segundos.
La dualidad de regímenes para los empleados públicos conlleva disfuncionalidades, discriminaciones y situaciones de agravio comparative para unos y orros. En la mismadependènciauórganoadministrativeesusualencontrarpersonasque,reali
zandoidénticasfunciones,gozandeunosderechosyobligacionesdedistintoalcan ce y consecuencias. ¿Estájustificada esta diferenciación?
Nuestra postura aboga porque la dualidad funcionario-laboral puede ser útil para la
eficacia de la actuación administrativa, siempre que responda criterios objetivos, pre definidos y homogéneos para todas las Administraciones Públicas. Estos criterios serían los que formarían parte de una escala de servicialidad: según las funciones a realizar y su conexión con el ejercicio de potestades adminiscracivas de imperio a soberanas,sepodríaanoprescindirdelaFiguradelfuncionariopúblicoyescogerla relación propia del ámbito privado, la laboral.
Lasrelacionesdepuestosdetrabajo,quehandeservircomoinsrrumenrcdeorga nización adrninisrrativa, podrían reflejar [a aplicación de la escala de servicialidad, a
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