Page 397 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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 Andlisis tÚlprocedimientotÚ sekcción depersonalen /as adminíuracionapúblicasespaflolas
surgimiento de la jurisdicción ccntencioso-administrativa+U y que, en los actuales momentos,frurodelainfluènciaquelacienciajurídicaalemanadespiertaenroda Europa, ha empezado de nuevo a reproducirse't'eocupando en su análisis, en el caso de España, a algunas de nuestras mejores plumas del devenir adminisrrarivo+v. No envanoelremaafectaalapropiaesenciadelmodelodeEstadosocialydemocrari­ co de derecho que consagra el art. 1.1 CE.
Por tanto, hoy sigue estando vigente un cierto debate doctrinal sobre los limites del control judicial de la Administración, que resalta la necesaria independència de los tres poderes del Estado y el peligro de una invasión por parte de los tribunales de una espaciodediscrecionalidad,quelegitimadoensucarácterdemocrático,perteneceal ámbito político y, por tanto, a [a esfera de actuación del poder ejecueivc-!e. En efec­ to, ya han sido varios autores los que han denunciado la "perversión del Estado de DerechoenEstadoJudicial"queimplicaunsobredimensionadopapeldelosjueces que, si no se controla, puede abocar en puro decisionismo judicial. Esta línea doc­ trinal apoya un ámbito de gestión estratégica para la Adrninisnación jusrificado en el carácter democrático de la configuración de las autoridades y del poder público y enlaexistenciademásymejoresmediostécnicosenlaAdminisrraciónpúblicafren­ tealpoderjudicial,lcquehabilitaríanaésta,comoinstanciamásadecuadaqueel
41S Proceso <:volutivo sdialado por FERNÁNDEZ RODRIGUEZ, T. R., Arbitrarid4dy disarrio1U1IUlmi. Madrid, 1991, pág, 25. qu indica "En su origen el control de los aCtos discrecionales fue la expción, los aclOS dc pure commandement,
de no caen la .dministrativa. A p"r,foroltr. bajo jurisdiêci6n
rotunda
<:volutivo que va rest.ndo pow a poco pequeña, parcelas" este eXtcn,O mbi!O de la discrecional, de lo na contencioso
por naTUraleza.• través de un reCurSO excepcional que nace ,in ser Ull verd.de!O porque no resul,a dol ejercicio d una acción. ,inu .. p.nir d. lIna denuncia que ,. ,oma O no cn consideración 110 para eliminar el agravio, sino para evi<ar los exœsos mi< gtoscros -incompe,encia y viôos de fondo-. Ello supone invalidr d aero con independencia dd fondo, ya queeljuez.igue.inentrarenelwntenidodela""quesereputadeI"competenciaexdll.!ivadelaAdminisn.ciónaai­ va" Calificlndodichoautorcomo "pecadooriginal"delosjuriStaselinlentarponerlímitesalpoder.
16Cuestiónquehasidorefercnáad.enlabibliografiaespanolaporEMBlOlRUJO,A.,"Larelaciónentrelospoderes del Estado en la rttientc dogmática alemUla. hvisra tÚ Adminismuidn ""blira, núm, 115. 1998 Y "FJ coloquio de Hcidelberg sobre el comrol judicial de las deci,iones administrativas", Rvis"1 tÚ Administración Pública. núm. 124. 1991.
417 La polémica doctrinal se suscitÓ en l. décad. de 10.< afias noventa entre los profesoresTomós Ramón Fernández y Eduardo Garcia de Enterria, por un lado. y Luciano Parejo Alfonso y Miguel Sánchez Morón. por el O,to. Lo, primeros defiendenunp.rndigmaan,idiscreeionalqueconfiaenlo,jucçescomofoguracap'"degaramizarlo,derechosindividua­ les frente a la ac,ividad deia Mministración en tUl!O que, los ..gundos••poyan un lI.!O adecuado de la discrecionalidad comoherramientaimprescindibleparaunagoestiónestratégicadelaspoliricaspúblicasenelac,ualsist.mademocrático.
18 En Cite sentido MARTfN RETORT!LLO BAQUER. L, -Del control de l. di'iCrttionalidad adminiStrariva al con­ ,roldladiKre.;'ionalidadjudicial".hvisl4tÚAdminùtraci6n""bli,a.núm.100-102.wmo!l.pigs1.083a1.099. Tambi.n PAREJO ALFONSO. L. Cr;';' y rtnovarión rn ,I Drrrrha Pribliro. Madrid. 1991. pág. 77 rescfi. que "al poder judicialI.sonajen.st.ntolavi,iónestratógicayglobaldelosproblem,smei.les.comolaopciónpolfticaenelsen,ido delibredecisió"entrealternativasigualment.IegItin,"sparala[Om.dedoci,ioncs,Hoy.elpoderejecutivodeb.tener.en consecuencia, \Ln .spacio a ámbito de decisión y actuaô6n propio, expresado incluso en rérminos de es'riet. discreôona­ lidad"Conparecidosargumemosseexp,esaSÁNCHEZMOR6N.M.. E/(ontroltÚla;Administrado""Públi(a<yJU<
probkma<. Mad,id, 1991. págs. 66 Y 120 Y ss. Oc forma. aún mi< radical, HERNÁNDF2 MARIN, entiende que las téc" nicasdereduccióndeI.discrecionalidadadminisn.<ivahUldado.unadiscrecionalidadjudici.lquenoof=más
gatan,i...
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negaciónseiniciaunlenroproceso
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