Page 413 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
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En primer lugar, el denominado principio de unidad del acto administrative, con vierte en cuestionable que se puedan modificar los criterios de corrección a de valo racióndelosméritosdeuncandidatosinrealizartambiénlaoperaciónconrodoslos candidatos concurrences y que fueron calificados mediante la misma resolución. La nueva valoración de todos los candidatos presenta dificultades técnicas, pero sobre todoplantearíaelgravísimoproblemaquesupondríaextenderlosefectosdeunasen tenciaaquiennohasidoparteenelproceso,10quepodríadarlugarasituaciones de indefensión. No se trata de una dificultad insalvable si se tiene en cuenta que se deberíadecitarcomoco-demandadosaloscandidatosaprobados.
Otro obstáculo puede ser la prohibición de los "aprobados sin plaza". Este mecanis mo implicaqueen ningúncaso losTribunalespuedennombrarcomo aprobadosa un mayor número de candidatos que el de plazas convocadas. Por tanto, si el cupo toralfuecubiertoyunasentenciajudicialdeclaraaprobadoaunnuevoaspiranteque en su día quedó excluido, ¿se padda modificar la lista sin menoscabo de los derechos ya adquiridos? Desde luego, la Administración tiene obligación de ejecutar las sen tencias firmes de los Tribunales de Justicia, por lo que puede darse la paradoja de que pase a ocupar un empleo público aquel candidato que puntuó con más baja nota, respecto al último de la lista que pudo haber obtenido mejores calificaciones.
Ahorabien,losinconvenienresderivadosdelprincipiodeunidaddeactoydelapro hibición de los aprobados sin plaza, se eluden de modo fácil si el órgano jurisdiccio nal se limita a ordenar la retroacción de Jas actuaciones y no ejerce su potestad de sustitución. Lo que hará será encargar al órgano administrative que proceda a valc rar ex novo a redes los aspiraneeso-.
Resumiendo las principales aportaciones de la jurisprudencia y de la doctrina admi nisrrarivisra respecto a la discrecionalidad técnica, ésta no va a encontrar otros lími tes legales que los que, en su caso, se establezcan en la convocatoria. A continuación exponemos de forma breve algunos de los criterios que son, de forma habitual, uti lizadospornuestrostribunalesdejusticiacuandohandepronunciarsesobrelarecla macióninterpuestacontraalgúnprocesodeselección:
4)4 •
Según'pun'.GARerAÁLVAREZ,G."ladiscf\"Cionalidad,knicaen... op. tng.
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