Page 437 - Tres modelos comparados de función pública y sus procesos de selección
P. 437
II. Propuestas de legeferenda para la mejora del sistema selectivo español
Unavezapuntadoslosrasgosquehemospodidoldenrificarcomopatologíasmássig nificarivas y problemáticas de nuestro stsrema de selección de personal, podemos
aportar en este espacio dedicado a las conclusiones del trabajo de investigación, algu nas ideas que han ido surgiendo en sintonía con los distintos capítulos y que son fruto de [a interacción del estudio de nuestro sistema de función pública con otros foráneos.
Necesariadelimitacióndeladifusalíneadivisoriaentrepersonalestatutarioy laboral.
Ya hemos dejado clara en nuestro estudio, [a idea de que la dualidad funcionario
laboralpuedeserdeayudaparaalcanzarnivelesdeeficaciaenlaactuaciónadminis
rrativasiempreque,ycomopremisaesencial,respondaacriteriosobjetivos,prede finidos y homogéneos para rodàs las Administracicncs públicas. Al igual que se ha
logrado establecer para otras parcelas del derecho púhlico/escaladedemanialidad)entendemosquepodrfeefectuarseunesfuerzopor elaboraruoaespeciede"escaladeservicialidad"delempleopúblicoquepermitiese diferenciar la naturaleza laboral o funcionarial de los puestos de trabajo según las funciones a realizar en su seno.
Paralogrardiferenciaresacualidaddelerelacióndeempleopodemosacudirauncrite
rio supranacional. En efecto, ln Unión Europea, según hemos dejado patente en el estu dio sobre el derecho administrative europeo y ln libertad de circulación de trabajadores,
ha armado su propio concepto de Adminisrración pública y de empleo público. El pará metroquehautilizadohasidodecarácterfuncional.Aslpues,ladoctrinadelTJCEen la aplicación continuada de la noción funcional del concepto de Administración pública puede servir de criterio orientador allegislador nacional para adivinar, de este modo, las líneasmaestrasquepuedandimcusicnardeformaapropiadaeltamañodelEstado.Sila Unión Europea ha indicado los sectores en los que no existe desempeño de funciones públicas ni ejercicio de autoridad para salvaguardar los intereses generales, cl legislador podríaextraerunaconsecuenciaútil;abriresossectoresa lacontrataciónlaboralyman tenerelrégimenestatutariosóloparalospuestosdetrabajoqueimpliquenejerciciode potestades soberanas a la salvaguarda de intereses generales.
Lasrelacionesdepuestosdetrabajo,quehandeservircomoinsrrumentcdeorga nizaciónadministrativa,puedenserelmedioquereflejelaaplicacióndelaescalade
437
I
público (p.
e. Dominio
Conr/usionts

