Page 111 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La planificación y ordenación del personal funcionario de la Junta de Andalucía
Difícil situación, pues la Administración se mueve entre dos parámetros deli- cados: la calidad en la gestión del servicio público (que evidentemente se consigue dotando de personal suficiente y cualificado los mismos) y la finitud de los recursos económicos de los que dispone.
C) La utilización de las Ofertas de Empleo Público de forma coherente con los dere- chos de los funcionarios a la promoción
Las Ofertas de Empleo Público, al cubrir las vacantes según las necesidades existentes en la organización, se adoptarán de modo que tengan en cuenta “las me- didas necesarias tendentes a facilitar la promoción” (4.2.a) del Acuerdo de 2003). Ello se ajusta perfectamente al principio de organización del trabajo que establece la formación y desarrollo de los instrumentos que posibiliten la profesionalización del empleado y que satisfaga sus necesidades de promoción y progreso en la carrera profesional.
Pero en cierto modo, la cuestión de la promoción puede verse en la intención de que, de un lado, se incorporen tareas permanentes atendidas mediante servicios extraordinarios, lo que supondría el establecimiento de nuevos puestos, vacantes, en la RPT a los que podrían concurrirse por los funcionarios y, de otro lado, a que la Oferta de Empleo Público sólo ha de pretender la cobertura de los puestos bási- cos, dejando el resto a la promoción interna, sólo en el caso de que con esta no se cubrieran o en caso de urgencia se contemplarían en la Oferta de Empleo.
Finalmente, ha de recordarse que antes de ofrecer los puestos vacantes de nivel básico puede negociarse con la Mesa Sectorial la convocatoria de un concurso unitario de puestos de carácter básico dirigidos a ser cubiertos preferentemente por funcionarios públicos, como indica el apartado 5.2.1 h) del Acuerdo.
2.2.5. Los Planes de Empleo85
La DA 27a de la LMRFP faculta a las Comunidades Autónomas a adoptar Planes de Empleo u otros sistemas distintos de racionalización del personal a su servicio, de acuerdo con su capacidad de autoorganización, mediante programas específicos que pueden incluir todas o algunas de las medidas de los planes de empleo e incen- tivos a la excedencia voluntaria y a la jubilación anticipada.
85 Sobre el tema véase el comentario que sobre esta cuestión en el anterior Acuerdo de funcionarios de la Junta de Andalucía hace Morillo-Velarde Pérez, J.I., en Negociación colectiva en la Junta de Andalucía, op. cit., págs. 95 y sigs.
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