Page 113 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La planificación y ordenación del personal funcionario de la Junta de Andalucía
tuaciones que se prevén por los Planes de Empleo, en el Acuerdo de funcionarios de 2003, se indica que se incluirán las referidas a la dimensión y estructura de las plantillas y las medidas, planes o programas para conseguir el ajuste de las mismas; actuaciones para la modificación de puestos de trabajo en RPT (incluyendo la crea- ción de nuevos puestos por consolidación del empleo de trabajadores temporales o la inclusión también de tareas realizadas por personal no estable que hayan deve- nido permanentes); actuaciones en materia de movilidad; promoción89 y formación; así como, finalmente, fórmulas, procesos, sistemas y calendarios para llevarlos a cabo.
De todas las medidas, a la que más se presta atención es a la movilidad90, algo que las partes entienden como positivo. En primer lugar, la movilidad tendrá carácter voluntario que, además, podrá ser incentivada o primada. En segundo lu- gar, de plantearse como obligatoria se restringirá al ámbito provincial o inferior, haciéndose cuando no haya personal que voluntariamente quiera el traslado, con garantías para el interesado91. En tercer lugar, los supuestos de movilidad interpro- vincial habrán de negociarse con los Sindicatos en el marco del correspondiente Plan de Empleo.
3. El acceso y la selección de los funcionarios 3.1. Cuestiones generales
Una vez analizadas las necesidades de personal y adoptada la Oferta de Em- pleo Público en la que se indica qué puestos quieren cubrirse para el año concreto, comienza el proceso de reclutamiento92. Seleccionar, pues, supone elegir un candi- dato o aspirante a un puesto de entre otros que también concursen. La selección
y capacitación. e) Autorización de concursos de provisión de puestos limitados al personal de los ámbitos que se determinen. f) Medidas específicas de promoción interna. g) Prestación de servicios a tiempo parcial. h) Necesidades adicionales de recursos humanos que habrán de integrarse, en su caso, en la Oferta de Empleo Público. i) Otras medidas que procedan en relación con los objetivos del Plan de Empleo.
89 El apartado 5.2.1 f) prevé llevar a cabo procesos de promoción separados de los de nuevo ingreso con convocatorias independientes, incluso específicas en el marco de una Plan de Empleo o proyecto similar con el objetivo de conseguir un crecimiento selectivo del empleo.
90 Para no repetirnos, y por su similitud con el Acuerdo actual, véase nuevamente el comentario al respecto de Morillo-velarde Pérez, en Negociación colectiva en la Junta de Andalucía, op. cit., págs. 96 y 97.
91 Previa audiencia del interesado y de sus representantes legales y de los representantes unitarios. 92 Que se convoca, ex art. 5 del Decreto 2/2002, por la Consejería de Justicia y Administración Pública.
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