Page 126 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
   El compromiso al que se llega es el efectuar anualmente convocatorias desti- nadas exclusivamente a la promoción interna.
4.3. Criterios y compromisos en materia de provisión de puestos
Los criterios que inspirarán a la Administración (y los compromisos a los que se llega) respecto de la provisión suponen:
A) Se adopta como criterio el que las Organizaciones Sindicales puedan participar en los procesos de provisión128.
B) Periodicidad de los procesos y agilidad de su resolución.
Los sistemas de provisión deben aplicarse con la periodicidad legal prevista para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios.
Se tenderá a la descentralización de los procesos y a realizarlos unificada- mente en el ámbito provincial, con el fin de agilizar los procesos. Para conseguir agilizarlos se adoptan una serie de compromisos:
- En primer lugar, la automatización de la acreditación de méritos para los concursos con ayuda del Registro General de Personal129.
- En segundo lugar, se comprometen a estudiar la posibilidad de implantar un proceso abierto y permanente que permita mayor agilidad en la cober- tura de puestos.
- Y, finalmente, se elaborará un catálogo de cursos, junto con los Sindicatos, indicativo del área o áreas donde puedan ser valorados, que permanecerá abierto para dar cabida a las nuevas iniciativas que se lleven a cabo.
C) Es necesario, lo cual se adopta como compromiso, convocar los concursos necesa- rios para proveer con carácter definitivo las plazas ocupadas provisionalmente.
128 Apartado 5.2.1 g). Lo que se ve también en la necesidad de modificación en tal aspecto del Decreto 2/2002 de 9 de enero; en la negociación de sistemas de evaluación del desempeño; y en que se negociará en el seno de la Mesa Sectorial la convocatoria de concurso unitario de puestos de carácter básico vinculados a la Oferta de Empleo Público; o en la elaboración de un catálogo de cursos que pueda servir para la valoración de méritos por áreas (ex apartados 5.2.1 j), c) y h) y 5.2.2.3, respectivamente)
129 Véase más arriba el Registro de Personal como instrumento de gestión de los recursos humanos.
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