Page 169 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 La mejora de condiciones de trabajo y de la calidad de los servicios públicos
   diferenciación no se encuentra en el cambio de residencia cuanto en el cambio o no de localidad o provincia (que no necesariamente coincidirá con aquél). Y, por otro lado, se reconoce hasta 4 días de permiso en los términos ya vistos.
La segunda modalidad de permiso a la que el acuerdo dedica su atención es la vinculada a la prestación de servicios en algunas fechas de Navidad. En concreto, los días 24 y 31 de diciembre. Para estos casos se reconoce un permiso de 2 días de duración que pueden ser objeto de acumulación al período de disfrute de las vaca- ciones anuales. Esta previsión ha dado lugar a la reforma de la disposición adicional primera del Decreto 349/199697.
La colaboración del funcionario con una ONG es la siguiente situación que el acuerdo toma en consideración a fin de reconocer el derecho a un permiso de laxa du- ración. Se trata de un permiso novedoso, que ha sido incorporado al artículo 11 Decre- to 349/1996 tras su reciente reforma. Esta suspensión puede tener una duración de 6 meses ampliable, previa autorización de la Dirección General de la Función Pública, por período de igual duración. La concesión del permiso se encuentra condicionado, a su vez, a la inscripción de la ONG de que se trate en el correspondiente registro. Se trata de un permiso que se aleja de lo que viene siendo habitual en esta materia, en primer lugar por su carácter no retribuido, y, en segundo lugar, por su amplia duración98.
Finalmente, se refiere el precepto a los permisos conectados con la reali- zación de exámenes, en línea con la tendencia a potenciar la formación tanto de los funcionarios como de los trabajadores y que también se detecta en el sector privado. En esta ocasión se reconoce un permiso, por razones formativas para la preparación de exámenes en el caso de cursar estudios oficiales. Para disfrutar de estos permisos para preparar las referidas pruebas se requiere que el funcionario se encuentre matriculado del curso completo y que se presente a los exámenes de todas las asignaturas que lo integran. De cumplirse estos requisitos el funcionario tendrá derecho a un permiso de hasta 10 días para la preparación de las referidas pruebas. En el caso de que no se cumplan los referidos requisitos el permiso queda reducido al disfrute de un día hábil para cada asignatura a la que el funcionario se presente a examen con un tope máximo de 10 días.
97 De este modo, a la previsión que ya existía, según la cual “los días 24 y 31 de diciembre permanecerán cerrados los centros de trabajo, con excepción de los servicios de registro general. Asimismo queda exceptuado de lo establecido en la presente Disposición el sector sanitario”; se añade una segunda del siguiente tenor: “quienes presten servicios los días 24 y 31 de diciembre disfrutarán de dos días de descanso por cada uno de ellos, que podrán ser acumulados al período de vacaciones” (disposición adicional primera).
98 Similar previsión encontramos en el convenio laboral, donde también se reconoce el permiso anterior así como el permiso para la preparación de exámenes (art. 36.5 Convenio).
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